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La Corte Suprema reconoce la calidad de trabajador oficial en un caso contra el Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín

Proviene de: Sentencias

29 de mayo de 2025 23:53:38

La Corte Suprema de Justicia, en su Sala de Casación Laboral, dictó una sentencia de instancia en un proceso promovido contra el Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín. El caso se originó tras una apelación a una decisión que inicialmente había considerado al demandante como empleado público y no como trabajador oficial.

Antecedentes del caso

El juez de primera instancia basó su decisión en varios artículos legales y reglamentarios, concluyendo que la condición de trabajador oficial aplica únicamente a quienes desempeñan funciones de apoyo relacionadas con la construcción o mantenimiento de obras públicas. Se consideró que el demandante no cumplía con ese requisito, pues no realizaba tareas de construcción ni mantenimiento. Sin embargo, en la apelación se argumentó que las actividades desempeñadas, relacionadas con la construcción de equipamientos culturales y espacios públicos, así como la adecuación de áreas urbanas y la mejora de la infraestructura vial, sí corresponden a funciones propias de un trabajador oficial.

Consideraciones y decisión de la Corte

La Sala concluyó que las tareas realizadas están estrechamente vinculadas con la construcción y sostenimiento de obras públicas, por lo que corresponde reconocer la calidad de trabajador oficial al profesional universitario. En consecuencia, se revocó la sentencia anterior y se declaró la existencia de un contrato de trabajo desde el 2 de febrero de 2010. Se declaró probada la excepción de prescripción para las obligaciones causadas antes del 4 de septiembre de 2012, y parcialmente probadas las excepciones de pago y compensación sobre ciertas primas. La Corte ordenó al Distrito Especial que reconozca y pague todos...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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