La Corte Suprema de Justicia casa sentencia sobre despido de trabajador con fuero de discapacidad en contrato por obra o labor determinada
Proviene de: Sentencias
29 de mayo de 2025 23:53:27
Contexto y antecedentes del caso
Un trabajador vinculado como albañil bajo contrato de obra o labor determinada con un consorcio encargado de la construcción de una planta de hidrotratamiento sufrió un accidente laboral que le ocasionó discapacidad. Tras su reubicación en funciones administrativas conforme a recomendaciones médicas, fue notificada la terminación de su vínculo laboral alegando la finalización de la obra contratada.
El trabajador solicitó la declaración de despido ilegal por contar con fuero de salud o discapacidad, reclamando el reintegro y pago de indemnizaciones contempladas en la Ley 361 de 1997, además de prestaciones sociales y sanciones por despido injustificado.
Decisiones en primera y segunda instancia
El juzgado de primera instancia declaró la ineficacia del despido y ordenó el reintegro junto con el pago de acreencias laborales y la indemnización del artículo 26 de la Ley 361 de 1997. Las empresas demandadas apelaron, y el tribunal superior confirmó la sentencia salvo en la cuantía de la responsabilidad de la aseguradora vinculada.
El tribunal reconoció que el trabajador tenía fuero por discapacidad y que fue reubicado conforme a órdenes médicas, pero concluyó que la terminación del contrato se debió a la culminación de la obra para la cual fue contratado, aplicando la causal objetiva del artículo 61 literal d) del Código Sustantivo del Trabajo (CST).
Recurso de casación y análisis de la Corte Suprema
Las empresas y Ecopetrol S. A., vinculada solidariamente, interpusieron recursos de casación, cuestionando principalmente si el tribunal de segunda instancia había valorado adecuadamente la modalidad contractual y la causa objetiva de terminación, así como el cumplimiento de los ajustes razonables para el trabajador con discapacidad.
La Corte Suprema recordó que el fuero por discapacidad protege contra despidos discriminatorios, pero permite la terminación justificada del contrato cuando existe una causa objetiva probada. Además, señaló que la exigencia de autorización previa del Ministerio de Trabajo no es necesaria en estos casos cuando la causa está fundamentada objetivamente.
Tras el análisis de las evidencias, la Corte concluyó que el empleador cumplió con la reubicación y ajustes razonables ordenados, y que la terminación del contrato se basó en la finalización total de la obra que dio origen al vínculo laboral, siendo esta una causa objetiva válida que desvirtúa la presunción de despido discriminatorio.
Decisión final y consecuencias
En consecuencia, la Corte Suprema de Justicia casó la sentencia de segunda instancia y revocó la decisión que ordenaba el reintegro y pago de indemnizaciones. Se absolvió a las empresas demandadas y a la entidad llamada en garantía de las pretensiones del trabajador. Además, se impusieron las costas procesales al demandante.
Este fallo reafirma la interpretación de que la garantía del artículo 26 de la Ley 361 de 1997 no implica estabilidad absoluta, sino estabilidad reforzada hasta que se produzca una causa objetiva que justifique la terminación del contrato, especialmente en contratos de obra o labor determinada.
Resumen comparativo de puntos clave
| Aspecto | Primera instancia | Segunda instancia | Corte Suprema
---------------------------------|----------------------------------|---------------------------------|---------------------------------
Reconocimiento del fuero | Sí | Sí | Sí
Cumplimiento de reubicación | No valorado adecuadamente | Reconocido | Confirmado
Causa objetiva para terminación | No aceptada | Aceptada para culminación obra | Confirmada como válida
Necesidad de autorización ministerial | Exigida | No exigida | No exigida
Resultado final | Reintegro y pago indemnizaciones | Confirmación con ajustes | Revocación y absolución |
Este caso sienta un precedente importante sobre la aplicación del fuero por discapacidad en contratos de obra o labor determinada y los límites para la terminación contractual justificada. Así, se consolida la jurisprudencia que permite la desvinculación laboral cuando la causa objetiva está debidamente demostrada, garantizando un equilibrio entre la protección especial otorgada a los trabajadores con discapacidad y la realidad contractual de modalidades especiales como el contrato por obra o labor determinada.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
Más noticias sobre Derecho Laboral
No se encontraron sugerencias
La Corte Suprema de Justicia casa sentencia sobre despido de trabajador con fuero de discapacidad en contrato por obra o labor determinada