La Corte Suprema confirma negativa a pensión por retiro voluntario tras reconocimiento de pensión de jubilación legal
Proviene de: Sentencias
29 de mayo de 2025 23:53:46
Antecedentes del caso
Un trabajador demandó a su empleador para que se reconociera la existencia de un contrato laboral y, en consecuencia, se le concediera la pensión restringida prevista en el inciso 2 del artículo 8 de la Ley 171 de 1961, junto con reajustes e intereses moratorios. El trabajador laboró para la empresa desde 1954 hasta 1980 y cumplió 60 años en 1990. Sin embargo, solo estuvo afiliado al ISS desde 1967 y su solicitud para la pensión de jubilación fue negada en 2019, argumentándose que percibía una pensión de vejez otorgada por Colpensiones.
El empleador se opuso, alegando que la pensión restringida por retiro voluntario no era procedente porque ya había reconocido una pensión de jubilación legal conforme al artículo 260 del Código Sustantivo del Trabajo desde que el trabajador cumplió 55 años, y que el ISS le otorgó la pensión de vejez en 1992. Además, argumentó que los periodos no cotizados fueron consecuencia de la regulación vigente, que obligó a la afiliación a partir de 1967.
Decisiones judiciales previas
El juzgado de primera instancia declaró la inexistencia de la obligación del empleador de reconocer la pensión restringida y absolvió a la empresa. Esta decisión fue confirmada en segunda instancia, que explicó que la pensión restringida por retiro voluntario se causa desde el momento del retiro voluntario tras 15 años de servicio y está a cargo exclusivo del empleador. Sin embargo, al haberse otorgado previamente una pensión plena legal desde los 55 años, no era procedente una segunda pensión por el mismo tiempo de servicio, pues se configuraría un doble pago.
Fundamentos de...
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