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La Corte Suprema revoca absolución y ordena reliquidación salarial por bonificación de asistencia

Proviene de: Sentencias

29 de mayo de 2025 23:55:21

La Corte Suprema de Justicia, mediante sentencia de instancia, resolvió un proceso laboral contra una empresa del sector industrial, en el que se discutió la naturaleza salarial de una bonificación de asistencia y su incidencia en prestaciones sociales y aportes a seguridad social.

Antecedentes del caso

El juzgado de primera instancia absolvió a la empresa, considerando que el contrato a término fijo terminó por vencimiento y que la bonificación de asistencia no tenía carácter salarial, pues fue pactada como un beneficio condicionado y excluido expresamente como salario. Además, se rechazó la procedencia del auxilio de movilización por tratarse de un trabajador nacional. En apelación, el demandante argumentó que la bonificación sí constituía remuneración directa, proporcional al tiempo trabajado, y que debía ser incluida para la reliquidación de prestaciones sociales y seguridad social.

Consideraciones de la Corte Suprema

La Sala de Casación Laboral recordó que la bonificación que retribuye directamente el servicio prestado configura salario, independientemente de pactos de exclusión, conforme a los artículos 127 y 128 del Código Sustantivo del Trabajo y la jurisprudencia consolidada. Se estableció que la empresa tenía la carga probatoria para demostrar que la bonificación no constituía salario, lo cual no fue acreditado, pues las condiciones para el pago exigían la prestación efectiva del servicio. Con base en comprobantes y liquidaciones, la Corte ordenó reliquidar prestaciones sociales, vacaciones y aportes a pensión, tomando como referencia un promedio salarial ajustado para los años 2013 y 2014.

Impacto y condenas

Se condenó a la empresa al pago de diferencias por trabajo suplementario, auxilios de cesantías, intereses, primas de...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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