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Nuevo Decreto reglamenta la administración del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo en Colombia

Proviene de: Decretos

30 de mayo de 2025 17:59:44

Contexto y propósito del Decreto 0574 de 2025

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público emitió el Decreto 0574 de 2025, publicado en el Diario Oficial No. 53.132 el 29 de mayo de 2025, con el fin de modificar el Decreto 2555 de 2010 e incorporar el Libro 44 a su Parte 2, en lo que respecta a la administración del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo (FAPC). Esta regulación se enmarca en el desarrollo de la Ley 2381 de 2024, que creó el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de Origen Común, buscando garantizar la protección social frente a estas contingencias mediante un esquema de cuatro pilares: solidario, semicontributivo, contributivo y de ahorro voluntario. El FAPC es una cuenta especial cuya finalidad es contribuir con la financiación de las prestaciones económicas del Componente de Prima Media del Pilar Contributivo y, en su caso, del Pilar Semicontributivo. La administración de este fondo fue asignada al Banco Central, de acuerdo con las disposiciones constitucionales y legales que regulan su autonomía técnica y administrativa.

Medidas y disposiciones específicas

El decreto establece que el Banco Central será el encargado de administrar el FAPC mediante un contrato suscrito con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Entre sus funciones se encuentran la gestión de inversiones, administración de riesgos, selección y contratación de terceros para la gestión del portafolio, custodia de valores y elaboración de informes financieros y operativos. Se establecen principios claros para la administración del fondo, como la prudencia y diligencia en las inversiones, la diversificación del portafolio,...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
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