Contexto y propósito de la actualización
En los últimos años, el sistema financiero colombiano ha avanzado hacia la convergencia con los estándares del Comité de Basilea, adoptando mejores prácticas internacionales en gestión de riesgos. En este marco, el Gobierno Nacional ha fortalecido el régimen de solvencia y grandes exposiciones mediante decretos como el 1477 de 2018 y el 1533 de 2022. La Superintendencia Financiera emitió los capítulos XIII-16 y XIII-18 de la Circular Básica Contable y Financiera (CBCF), que establecen instrucciones sobre solvencia mínima y gestión de grandes exposiciones.
El
Decreto 0573 de 2025 introduce modificaciones técnicas en la ponderación de los créditos de libranza para el cálculo de activos ponderados por riesgo, así como ajustes en el régimen de grandes exposiciones. Por ello, la Superintendencia considera necesario actualizar sus instrucciones para reflejar estos cambios.
Principales modificaciones
Las actualizaciones propuestas en el proyecto de circular incluyen:
- Adición y modificación de numerales en el capítulo XIII-18 de la CBCF, relacionados con la identificación y gestión de grandes exposiciones y concentración de riesgos. Esto incorpora ajustes previstos en los decretos 1358 de 2024 y 0573 de 2025.
- Modificación del numeral 2.4.10 del capítulo XIII-16, para incluir los nuevos requisitos prudenciales sobre la ponderación de créditos de libranza o descuento directo, conforme al Decreto 0573 de 2025.
- La posibilidad para entidades con regímenes especiales o instituciones oficiales definidas como establecimientos de crédito de optar por un plazo adicional de hasta 60 meses para la transición establecida en el Decreto 1533 de 2022. Esta opción requiere la presentación a la Superintendencia de un informe técnico y un plan de acción aprobado por la junta directiva.
- Actualización del formato F.1000 – 141 para establecer el porcentaje de ponderación gradual y definitivo de créditos de libranza.
- Establecimiento de pruebas obligatorias entre el 23 y 27 de junio de 2025 para verificar la correcta transmisión de la información conforme a las modificaciones.
Implicaciones y vigencia
Estas modificaciones buscan adaptar el régimen de grandes exposiciones a las particularidades del sistema colombiano, especialmente para no afectar el objeto social y el flujo de financiamiento de fondos de garantías como el Fondo Nacional de Garantías y el Fondo Agropecuario de Garantías. Asimismo, promueven la compatibilidad con el marco normativo de conglomerados financieros previsto en la Ley 1870 de 2017.
La vigencia de la circular estará sujeta a lo siguiente:
- La instrucción principal entrará en vigor el 4 de agosto de 2025, conforme al artículo 4 del Decreto 0573 de 2025.
- La primera transmisión oficial con la información modificada deberá realizarse con corte a julio de 2025.
El proyecto de circular se encuentra abierto para comentarios hasta las 11:00 a.m. del viernes 6 de junio de 2025, los cuales deben ser remitidos a la Subdirección de Regulación de la Superintendencia Financiera según las indicaciones establecidas.