CREG confirma metas de calidad para la distribución de energía en Guaviare pese a solicitud de ajuste de Energuaviare S.A. E.S.P.
CREG confirma metas de calidad para la distribución de energía en Guaviare pese a solicitud de ajuste de Energuaviare S.A. E.S.P.
Proviene de: Resoluciones
3 de junio de 2025 19:6:26
Contexto y entidades involucradas
La resolución analizada fue emitida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) el 22 de mayo de 2025, bajo el número 501 117, publicada en el Diario Oficial No. 53.133 el 30 de mayo de 2025. Esta decisión responde a un recurso de reposición interpuesto por Energuaviare contra la Resolución CREG 501 095 de 2024, que establecía las metas de calidad media para el sexto año del periodo tarifario definido en la Resolución CREG 015 de 2018. La CREG, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, fundamentadas en las Leyes 142 y 143 de 1994 y varios decretos reglamentarios, mantiene su rol regulador en el sector eléctrico nacional.
Objeto y destinatarios de la resolución
El asunto principal de la resolución es la definición y validación de las metas de calidad del servicio eléctrico para el sexto año del periodo tarifario en el Sistema Interconectado Nacional, específicamente para la empresa Energuaviare, que opera en el departamento del Guaviare. El destinatario principal es, por tanto, esta empresa distribuidora, que presta servicio a más de 29 mil usuarios, con un alto porcentaje en zonas rurales dispersas. La regulación y supervisión de estas metas son vitales para garantizar un servicio eléctrico confiable y eficiente, además de permitir la aplicación de incentivos y sanciones basados en la calidad real del servicio.
Objetivo y alcance de la resolución
El objetivo de la resolución es resolver el recurso de reposición presentado por Energuaviare, que solicitaba modificar las metas de calidad –medidas a través de los indicadores SAIDI y SAIFI– establecidas para el sexto año del periodo tarifario. Este recurso se apoyaba en las condiciones particulares de operación de la empresa, como la dispersión geográfica de los usuarios rurales, las dificultades para el mantenimiento y operación debido a restricciones de orden público, y las características técnicas de las redes eléctricas rurales financiadas con recursos públicos. La finalidad del acto administrativo es confirmar si, ante estas circunstancias, la CREG debería ajustar las metas previamente definidas.
Decisiones y fundamentos clave
La CREG decidió no modificar las metas de calidad establecidas en la Resolución 501 095 de 2024. En su análisis, la Comisión recordó que las metas habían sido calculadas conforme a la metodología establecida en la Resolución CREG 015 de 2018 y las disposiciones complementarias contenidas en las Circulares CREG 053 de 2024 y su modificación en la Circular CREG 124 de 2025. La Comisión enfatizó que, aunque reconoce las particularidades y dificultades operativas de Energuaviare, estas condiciones ya fueron consideradas en los estudios y análisis previos que dieron origen a la metodología de cálculo de metas, incluyendo la utilización de información histórica reportada por la empresa.
Además, la CREG aclaró que no era procedente modificar las metas basándose en la Circular CREG 115 de 2024, que tuvo carácter consultivo y no vinculante, por lo cual no se podían alterar las reglas definidas en la metodología vigente. En consecuencia, la solicitud de ajuste presentada por Energuaviare fue rechazada.
Base legal y normativa aplicable
La decisión se fundamenta en el marco normativo establecido por las Leyes 142 y 143 de 1994, que regulan los servicios públicos domiciliarios y el sector energético, y en los decretos reglamentarios 1524, 2253 de 1994 y 1260 de 2013. Específicamente, la Resolución CREG 015 de 2018 define la metodología para la remuneración y evaluación de la distribución eléctrica, mientras que las Circulares CREG 053 y 124 de 2024 desarrollan los criterios para la definición de las metas de calidad en los años sexto y séptimo del periodo tarifario.
Impacto potencial de la resolución
Esta resolución reafirma el rigor y la continuidad del marco regulatorio para la calidad del servicio en el sector eléctrico colombiano. Para Energuaviare, implica mantener las metas definidas inicialmente, lo que puede representar un desafío dado el contexto operativo complejo, caracterizado por condiciones geográficas, técnicas y de seguridad que dificultan alcanzar los indicadores sin ajustes. Sin embargo, la resolución también destaca la importancia de contar con un sistema regulatorio predecible y basado en criterios técnicos objetivos. Para los usuarios, especialmente en zonas rurales, esta decisión busca garantizar que la calidad del servicio se mantenga dentro de parámetros establecidos, aunque reconoce las dificultades que enfrentan las empresas para cumplirlos.
Modificaciones y términos
La resolución no modifica ni revoca la Resolución CREG 501 095 de 2024, sino que confirma su vigencia. Respecto a plazos, la resolución no establece nuevos términos, pero señala que contra esta decisión no procede recurso alguno, agotando así la vía administrativa para este asunto.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.