Suspensión de proceso ejecutivo contra persona natural no comerciante y orden de embargo sobre sucursales de BBVA Colombia
Proviene de: Sentencias
6 de junio de 2025 16:31:51
Suspensión del proceso ejecutivo
El expediente en curso ante el Despacho se encuentra suspendido conforme al numeral 1 del artículo 545 del Código General del Proceso (CGP), debido a que el demandado fue aceptado en el trámite de negociación de deudas para persona natural no comerciante, adelantado en el Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición Fundación Liborio Mejía. Esta suspensión implica que no pueden iniciarse nuevos procesos ejecutivos ni de jurisdicción coactiva contra el deudor, y se suspende el trámite de los procesos en curso en esta materia.
El Juzgado ha ordenado informar al citado centro de conciliación sobre el estado actual del proceso, solicitando reporte de las actuaciones para verificar cumplimiento del acuerdo o, en caso contrario, continuar con el trámite judicial correspondiente. Asimismo, se ha requerido a la parte demandante y de manera especial a la apoderada judicial del banco demandante para que aporte la información y documentación faltante, bajo apercibimiento de imponer sanciones legales y compulsar copias ante la autoridad disciplinaria correspondiente.
Embargo de sucursales y establecimientos de comercio de BBVA Colombia
La Secretaría Distrital de Hacienda de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., mediante varios oficios y en el marco de un proceso administrativo de cobro coactivo, ha decretado el embargo de numerosos establecimientos de comercio y sucursales pertenecientes a BBVA Colombia. La Resolución de Embargo DCO – 085461 del 22 de agosto de 2024 establece un límite para la medida de $122.592.000 por cada establecimiento embargado.
Entre los establecimientos afectados se encuentran sucursales principales, agencias, y establecimientos ubicados en diversas zonas y centros comerciales de Bogotá D.C., tales como Sucursal Occidental, Carrera Once, Parque Nacional, Centro Corporativo, Avenida Chile, Centro Andino, Centro Comercial Colseguros, Centro Suba, Centro Mayor, entre otros. La lista completa comprende más de 70 sucursales y agencias, incluyendo minibancos y extensiones.
Contexto y aspectos procesales
En el proceso ejecutivo citado, el banco demandante ha cedido los derechos de crédito a una sociedad cesionaria, reconocida judicialmente como parte demandante, mientras que la apoderada judicial del banco ha presentado recurso de reposición solicitando revocar una providencia que la señala indebidamente como parte demandante y que implica posibles sanciones en su contra.
Por otro lado, se han conferido poderes generales y especiales a diversos funcionarios para representar al banco en todos los asuntos judiciales y administrativos relacionados, incluyendo procesos laborales, conciliaciones, acciones de tutela, cobros coactivos, y otros trámites relevantes, conforme a las disposiciones legales y estatutarias.
Implicaciones prácticas
La suspensión del proceso ejecutivo implica que el trámite judicial queda en pausa hasta que se resuelva el acuerdo de negociación de deudas en el centro de conciliación. Esto protege al deudor persona natural no comerciante de ejecuciones y embargos adicionales mientras se desarrolla el proceso de renegociación.
Por su parte, el embargo de las sucursales y establecimientos comerciales del banco afecta su patrimonio en el ámbito local y constituye una medida coercitiva dentro del proceso administrativo de cobro coactivo. Esta situación obliga al banco a responder ante las obligaciones fiscales y administrativas pendientes.
Para el público en general y los operadores jurídicos, este caso ejemplifica la interacción entre procesos judiciales, administrativos y conciliatorios en materia de cobro de deudas, así como el alcance de las medidas cautelares sobre establecimientos comerciales y la importancia de la representación legal adecuada en estos trámites.
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Este artículo ha sido elaborado con la información contenida en documentos oficiales emitidos por el Juzgado 33 Civil del Circuito de Bogotá y la Secretaría Distrital de Hacienda de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., asegurando rigor jurídico y claridad para todos los lectores interesados en materia procesal y administrativa. La evolución de este caso será seguida de cerca dada su relevancia para procesos de cobro y negociación de deudas en Colombia.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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