Tribunal Superior de Bogotá concede tutela para desarchivo de expediente judicial
Proviene de: Sentencias
7 de junio de 2025 17:59:18
El pasado 16 de mayo de 2025, la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá resolvió una acción de tutela promovida contra la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Bogotá – Archivo Central – Consejo Superior de la Judicatura y el Juzgado 33 Civil del Circuito. La tutela fue interpuesta debido a la demora en la respuesta a una solicitud de desarchivo de un expediente judicial, lo que afectaba la vida crediticia del accionante.
Antecedentes y pretensiones
El proceso ejecutivo en cuestión se encuentra archivado desde el 1 de marzo de 2024, y sobre los bienes del accionante se decretaron medidas cautelares vigentes. La solicitud de desarchivo fue presentada para permitir la cancelación de estas medidas, pero no fue atendida oportunamente por la entidad responsable.
El accionante solicitó la protección del derecho fundamental al debido proceso, pidiendo que se ordenara a las autoridades competentes proceder con el desarchivo del expediente.
Consideraciones jurídicas
El Tribunal recordó que la tutela es un mecanismo excepcional para proteger derechos fundamentales cuando no existen otros medios judiciales efectivos o cuando estos no se utilizan para evitar un perjuicio irremediable. En este caso, se destacó el derecho fundamental de acceso a la justicia y al derecho de petición, consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política.
Se enfatizó que la respuesta a las solicitudes debe ser pronta, suficiente, efectiva, congruente y oportuna, atendiendo el requerimiento de fondo del interesado, aunque esta respuesta pueda ser negativa. En particular, cuando se solicita el desarchivo de un expediente, la tutela solo se satisface con la materialización de dicho acto.
La Sala citó jurisprudencia que establece que la demora superior a seis meses en atender solicitudes de desarchivo constituye una violación del derecho de petición y afecta la administración de justicia. Además, se resaltó que los efectos negativos de falencias administrativas no deben recaer en el ciudadano.
Decisión y efectos
El Tribunal Superior de Bogotá tuteló los derechos fundamentales invocados y ordenó al Director Ejecutivo Seccional de Administración Judicial, en un término de cuarenta y ocho horas tras la notificación, realizar los trámites necesarios para el desarchivo del proceso. También exhortó al titular del Juzgado 33 Civil del Circuito a velar por la adecuada solución del asunto.
Finalmente, se dispuso la notificación expedita de esta decisión a las partes y la remisión del expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión.
Esta providencia refuerza la importancia del respeto a los derechos de los ciudadanos en sus relaciones con la administración judicial, especialmente en cuanto al cumplimiento oportuno de sus solicitudes que afectan su acceso efectivo a la justicia. Con esta decisión, el Tribunal Superior de Bogotá envía un mensaje claro sobre la necesidad de eficiencia y diligencia en la gestión judicial para garantizar la protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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