Conflictos de competencia entre juzgados laborales
El Tribunal Superior de Bogotá dirimió conflictos negativos de competencia entre juzgados laborales del circuito y municipales de pequeñas causas laborales. En un caso, el conflicto entre el Juzgado Trece y el Juzgado Cincuenta y Dos fue resuelto asignando competencia al segundo, en atención al avance procesal y los criterios del Acuerdo CSJBTA24-54 de 2024 que busca equilibrar la carga laboral según estado procesal y no solo fecha de radicación. En otro asunto, el conflicto entre el Juzgado Décimo Municipal de Pequeñas Causas y el Juzgado Treinta Laboral del Circuito se resolvió a favor de este último, debido a la cuantía y naturaleza pensional del litigio, superando el umbral establecido para juzgados laborales de circuito. También se resolvió un conflicto negativo entre juzgados municipales y de circuito para una acción de tutela, determinándose que corresponde al juzgado municipal tramitarla en primera instancia, conforme a criterios establecidos por la Corte Constitucional. Recursos de casación y reconsideración en procesos pensionales
El Tribunal analizó múltiples recursos extraordinarios de casación interpuestos por administradoras de fondos de pensiones y cesantías (AFP) y demandantes relacionados con la ineficacia de traslados entre regímenes pensionales y el reconocimiento de obligaciones de pago y reliquidación pensional. Se reiteró que las AFP carecen de interés económico para recurrir en casación cuando la orden judicial se limita a trasladar saldos a Colpensiones, pues estos recursos no forman parte de su patrimonio sino del afiliado. Sin embargo, se destacó que gastos de administración o primas de seguros previsionales podrían generar cargas económicas para las AFP, siempre...Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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