El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Segunda de Decisión Laboral, confirmó la sentencia apelada que declaró responsable a una empresa por la enfermedad profesional padecida por un trabajador durante su relación laboral. La controversia surgió por la intoxicación con mercurio y sus compuestos, que derivó en problemas de salud como artritis y síndrome del manguito rotador, además de afectaciones psicológicas. La relación laboral fue reconocida como un contrato a término indefinido desde el año 2000, durante el cual el trabajador desempeñó diversas funciones en áreas expuestas a vapores y manipulación directa de mercurio sin las debidas medidas de protección, elementos de seguridad ni capacitación adecuada. A pesar de los diagnósticos médicos y recomendaciones de las entidades de salud, la empresa continuó exponiendo al empleado a estos riesgos. La sentencia de primera instancia condenó a la empresa al pago de lucro cesante consolidado, lucro cesante futuro, perjuicios morales y costas procesales. La empresa apeló cuestionando la existencia de culpa, alegando el cumplimiento de las normas de seguridad y la entrega de elementos de protección. Sin embargo, la Sala de Decisión valoró la prueba testimonial y documental, concluyendo que la empresa no cumplió plenamente con sus obligaciones de prevención y protección. Se destacó que, si bien existía un programa de salud ocupacional y manuales para la gestión del mercurio, la entrega de elementos de protección fue insuficiente y tardía, y no se realizaron capacitaciones continuas ni supervisión adecuada para evitar la intoxicación. El Tribunal confirmó que la carga de la prueba se invirtió, por cuanto el empleador debía demostrar...
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