El Gobierno objeta proyecto de ley que declara patrimonio genético nacional a la raza de caballos de diagonales colombianos
Proviene de: Objeciones
4 de junio de 2025 14:7:23
El proyecto de ley en cuestión pretende declarar como raza oficial colombiana y patrimonio genético de la nación a la raza autóctona y transfronteriza de caballos de diagonales colombianos, distinguidos por sus tres andares: trote y galope colombianos, trocha y galope colombianos y trocha colombiana. Además, contempla la creación de un libro genealógico, la expedición de certificados de registro para cada ejemplar y la asignación de responsabilidades al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, con la posibilidad de delegar funciones a la Federación Colombiana de Asociaciones Equinas. También se encomienda al Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes gestionar la declaratoria de interés cultural para esta raza y sus manifestaciones asociadas.
Objeciones por inconveniencia
El Gobierno nacional ha formulado objeciones por inconveniencia, basadas principalmente en la ausencia de estudios técnicos, científicos y genéticos que fundamenten la declaratoria como raza autóctona y patrimonio genético nacional. Esta carencia vulnera principios establecidos en la legislación nacional, como la Ley 165 de 1994 que aprueba el Convenio sobre la Diversidad Biológica, y en normas específicas del sector equino, como la Ley 427 de 1998, que define una raza en términos de homogeneidad fenotípica y genotípica.
Se destaca que el proyecto basa el reconocimiento en el modo particular de desplazamiento o andadura del caballo, sin contar con evaluaciones genéticas ni fenotípicas rigurosas. Esto resulta jurídicamente insostenible y técnicamente incorrecto, pues el desplazamiento en diagonales no es distintivo exclusivo de esta raza, sino común a muchas razas equinas. Asimismo, los andares señalados no se asocian a una raza específica, dado que el caballo criollo colombiano es producto del cruce entre diversas razas y carece de uniformidad suficiente para su identificación clara.
Objeciones por inconstitucionalidad
En cuanto a la inconstitucionalidad, se señala que la falta de claridad técnica puede poner en riesgo la protección constitucional de estos animales como seres sintientes, protegidos por los artículos 8°, 79 y 95 de la Constitución. La Corte Constitucional ha establecido que las razones estéticas no son justificación válida para intervenciones en animales, y que cualquier modificación debe respetar su condición de seres sintientes, aplicando un test de proporcionalidad estricto.
El proyecto, al no estar respaldado por estudios técnicos rigurosos, podría facilitar intervenciones humanas para modificar las características físicas o conductuales de los caballos con fines distintos a la protección de sus derechos, lo cual contraviene la jurisprudencia constitucional vigente.
Conclusión y próximos pasos
Por estas razones, el Gobierno ha devuelto el proyecto de ley al Congreso con objeciones formales, solicitando que se realicen los estudios técnicos y científicos necesarios para sustentar cualquier declaratoria de raza autóctona y patrimonio genético nacional. El objetivo es garantizar la rigurosidad jurídica y técnica, así como la protección adecuada de los animales involucrados.
El proyecto de ley entró en trámite en el Congreso en 2023 y 2024, y la devolución con objeciones se realizó dentro de los términos constitucionales previstos. A partir de ahora, corresponde a la Cámara de origen continuar el trámite conforme a la Constitución y la Ley 5ª de 1992.
Este caso pone de relieve la importancia de contar con un sustento técnico y científico sólido en las declaratorias legales relacionadas con patrimonio genético y protección animal, en línea con estándares nacionales e internacionales vigentes. De este modo, se busca asegurar que las políticas públicas en materia de conservación y protección animal sean efectivas, respetuosas y legítimas.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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