Superintendencia de Sociedades modifica circular sobre registro y certificación de asociaciones campesinas y agropecuarias
Proviene de: Proyectos de Circular
7 de junio de 2025 18:16:44
La Superintendencia de Sociedades, en ejercicio de sus funciones de inspección, vigilancia y control sobre las cámaras de comercio, ha presentado un proyecto de modificación parcial de la Circular Externa 100-000002 de 2022. Esta circular regula el manejo del registro y certificación de entidades sin ánimo de lucro, incluidas las asociaciones campesinas y agropecuarias.
La actualización responde a mandatos legales recientes, en particular la Ley 2219 de 2022, que estableció la obligación de las cámaras de comercio de llevar el registro de las asociaciones campesinas y agropecuarias, clasificándolas según su cobertura territorial (nacional o territorial) y su nivel organizativo (primer, segundo o tercer grado). Además, el Decreto 0388 de 2025 ordenó adecuar el formulario del RUES para incorporar esta clasificación y fortalecer la información estadística que se remite al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
Principales ajustes propuestos
Entre los principales ajustes propuestos destacan:
- La obligación de las cámaras de comercio de garantizar una atención preferencial y efectiva a las asociaciones agropecuarias y campesinas en la radicación y asesoría de los trámites de registro.
- La inclusión en la página web del RUES de la clasificación, carácter, orden territorial y nivel organizativo de dichas asociaciones, para mayor transparencia y control.
- La remisión trimestral de información estadística sobre estas asociaciones al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, con el fin de apoyar programas de formalización, emprendimiento y fortalecimiento.
- El fortalecimiento del control de legalidad en la inscripción de entidades sin ánimo de lucro, poniendo especial atención a los requisitos específicos para las asociaciones campesinas y agropecuarias, incluyendo la correcta clasificación y certificación según la ley.
- La capacitación del personal de las cámaras de comercio y la realización de campañas pedagógicas dirigidas a las asociaciones para facilitar su registro y actualización de información.
Las cámaras de comercio deberán implementar estos cambios operativos y tecnológicos a más tardar el 31 de julio de 2025. La circular modificada mantendrá vigentes las demás instrucciones anteriores que no hayan sido expresamente cambiadas.
Con estas medidas, se busca garantizar un registro claro, ordenado y actualizado de las asociaciones campesinas y agropecuarias, facilitando su reconocimiento legal, seguimiento y apoyo por parte de las autoridades competentes, en línea con las políticas públicas de desarrollo rural y formalización.
Este proyecto aún está en etapa de consulta y no ha sido publicado oficialmente. Se espera que, tras la recepción de comentarios y observaciones de los actores involucrados, la Superintendencia de Sociedades emita la versión final de la circular para su implementación formal. De esta manera, se fortalecerá el marco normativo que regula a estas asociaciones, contribuyendo a su desarrollo y al cumplimiento de sus objetivos en beneficio del sector rural.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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