Consejo de Estado define competencia para proceso disciplinario contra comisaria de familia
Proviene de: Sentencias
7 de junio de 2025 18:19:31
Antecedentes del caso
Una comisaría de familia ordenó una medida de protección en favor de una menor víctima de violencia intrafamiliar. Posteriormente, se presentó una queja disciplinaria ante la Secretaría de Integración Social contra la comisaria, alegando irregularidades en el trámite de dicha medida. La queja fue inicialmente atendida por la Oficina de Control Disciplinario Interno de la misma Secretaría, pero posteriormente remitida a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá, en aplicación de la Ley Estatutaria 2430 de 2024, que asigna a esta última la competencia para procesos disciplinarios contra autoridades que ejercen funciones jurisdiccionales, como las comisarías de familia.
Conflicto de competencias
La Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá declaró su falta de competencia alegando que la competencia para conocer de procesos disciplinarios contra autoridades que ejercen funciones jurisdiccionales de manera excepcional, transitoria u ocasional, se atribuyó a partir del 9 de octubre de 2024 con la vigencia de la Ley 2430 de 2024, y que los hechos materia de la queja ocurrieron con anterioridad a esa fecha. Por su parte, la Oficina de Control Disciplinario Interno sostuvo que la competencia ya había sido establecida desde la Ley 1952 de 2019 y reiterada por la Ley 2430 de 2024, por lo que solicitó que se asignara la competencia a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial.
Análisis jurídico y normativa aplicable
La Sala recordó que las comisarías de familia son autoridades administrativas con funciones jurisdiccionales excepcionales en casos de violencia intrafamiliar, facultadas para imponer medidas de protección. En cuanto a la función disciplinaria, las oficinas de control disciplinario interno tienen competencia para conocer de los procesos disciplinarios contra servidores públicos de sus dependencias, salvo cuando la ley asigna esa competencia a otras autoridades, como la Comisión Nacional de Disciplina Judicial y sus comisiones seccionales en el caso de quienes ejercen funciones jurisdiccionales.
Se explicó que la Comisión Nacional de Disciplina Judicial y sus seccionales sustituyeron a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura en el ejercicio de la función disciplinaria respecto de autoridades judiciales y abogados desde enero de 2021. Asimismo, la Ley 2430 de 2024 reafirmó la competencia de dicha Comisión para investigar disciplinariamente a quienes ejercen funciones jurisdiccionales de manera excepcional, transitoria u ocasional.
Decisión y efectos
La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado declaró competente a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá para tramitar la queja disciplinaria presentada contra la comisaria de familia por presuntas irregularidades en la medida de protección. Se fundamentó en que la queja se presentó después de la entrada en funcionamiento de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial y sus seccionales, y que las funciones jurisdiccionales de las comisarías de familia están reconocidas legalmente.
Además, la Sala aclaró que la competencia de la Comisión Seccional no se limita por la fecha de ocurrencia de los hechos, dado que la Ley 2430 de 2024 reafirmó la facultad ya establecida en normas previas. Asimismo, suspendió los términos legales para la actuación disciplinaria mientras se resuelve el conflicto y exhortó a comunicar la decisión a las partes involucradas en la etapa procesal correspondiente.
Conclusión
Este pronunciamiento reafirma la competencia de la Comisión Seccional de Disciplina Judicial para conocer y tramitar procesos disciplinarios contra comisarios de familia en ejercicio de funciones jurisdiccionales excepcionales, garantizando así la seguridad jurídica y el debido proceso en la administración de justicia disciplinaria. La decisión es definitiva y no admite recurso alguno, consolidando un precedente importante para la correcta asignación de competencias en estos casos y fortaleciendo la protección de los derechos de las víctimas de violencia intrafamiliar.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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