Consejo de Estado ordena reporte del estado actual de registro marcario en proceso de nulidad
Proviene de: Sentencias
7 de junio de 2025 18:20:48
El Consejo de Estado, en su Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, se encuentra revisando una demanda presentada contra la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) que busca declarar la nulidad de las resoluciones 24041 de abril de 2012 y 47267 de agosto de 2013. Estas resoluciones concedieron el registro marcario 476.893 a favor de una sociedad para la marca “CELUPLATA”, destinada a servicios de la clase 36 según el nomenclátor de la Clasificación Internacional de Niza.
En este proceso, se ha invocado el inciso 4° del artículo 172 de la Decisión 486 de 2000 de la Comisión de la Comunidad Andina. Esta disposición establece que no podrá declararse la nulidad del registro de una marca por causales que hayan dejado de ser aplicables al momento de resolver la nulidad. Por ello, el juez debe verificar si la causal de nulidad invocada sigue vigente al momento de tomar la decisión.
Orden de reporte actualizado del registro marcario
Para determinar esto, la Sala ha ordenado a la Secretaría de la Sección Primera descargar del Sistema de Información de Propiedad Industrial (SIPI) de la SIC el reporte actualizado del estado del registro marcario 476.893. Este reporte permitirá conocer si el registro se encuentra cancelado, caducado, anulado o si ha sido objeto de renuncia, conforme a los artículos 165 a 174 de la Decisión 486 y la Ley 1343 de 2009 que regula la duración y renovación de los registros marcarios.
Una vez obtenido el reporte, este será incorporado al expediente y se correrá traslado a las partes procesales por un término de tres días para que formulen las observaciones que consideren pertinentes. Posteriormente, el proceso será devuelto al despacho para la decisión correspondiente.
Garantía de seguridad jurídica y debido proceso
Esta medida busca garantizar que la decisión sobre la nulidad del registro marcario se tome con base en información actualizada y conforme a la normativa vigente, respetando los principios de seguridad jurídica y debido proceso.
En resumen, el Consejo de Estado reafirma su compromiso con la rigurosidad jurídica y la adecuada interpretación normativa al ordenar la verificación del estado actual del registro marcario en cuestión, antes de proferir sentencia definitiva. De este modo, se asegura que la resolución final sea justa y acorde con la realidad legal y material del caso.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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