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Consejo de Estado ordena emplazamiento para garantizar notificación en proceso contra la CNSC

Proviene de: Sentencias

5 de junio de 2025 22:12:56

El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda, estudió un proceso en el que el ICETEX solicitó la nulidad de varias resoluciones de la CNSC que negaron la actualización en el Registro Público de Carrera Administrativa de varios servidores públicos incorporados a una nueva planta de personal. El objetivo de la demanda fue obtener la actualización del registro para 34 funcionarios afectados. Tras la admisión de la demanda, la Corporación ordenó la notificación personal a los servidores vinculados como terceros con interés directo en el proceso. Sin embargo, no fue posible notificar personalmente a dos de ellos debido a dificultades para localizar sus direcciones.

Emplazamiento como mecanismo alternativo de notificación

En cumplimiento de las normas procesales, específicamente el artículo 171 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 289 del Código General del Proceso, la Sala determinó que ante la imposibilidad de notificación personal se debe proceder mediante emplazamiento conforme al artículo 108 del Código General del Proceso y la Ley 2213 de 2022. Este mecanismo consiste en la inscripción en el Registro Nacional de Personas Emplazadas, surtido quince días después de su publicación. Además, el Consejo negó el desistimiento presentado por una tercera vinculada, señalando que no cumplía los requisitos legales por no ser parte demandante.

Continuidad del proceso y reconocimiento de nuevo apoderado

Finalmente, la Sala reconoció formalmente al nuevo apoderado del ICETEX para continuar con el trámite del proceso y ordenó devolver el expediente al despacho para seguir con el procedimiento. Con esta decisión, el Consejo de Estado reafirma la importancia de garantizar...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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