Superintendencia Nacional de Salud actualiza instrucciones para el reporte de información de flujo de recursos del SGSSS
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5 de junio de 2025 22:11:41
La Superintendencia Nacional de Salud ha emitido una nueva Circular Externa que modifica las instrucciones para el reporte de información referente al flujo de recursos que financian el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS). Este acto administrativo elimina, modifica y adiciona disposiciones a la Circular Externa 006 de 2018, con el propósito de optimizar los procesos de inspección, vigilancia y control (IVC) del sector salud.
Contexto normativo y competencias
La actualización se fundamenta en la Ley 1438 de 2011, que establece la obligación de las Entidades Promotoras de Salud, prestadores y demás agentes del sistema de proveer información confiable, oportuna y clara para la elaboración de indicadores y la operación del sistema de monitoreo. El incumplimiento en estos reportes puede acarrear sanciones.
Además, el Decreto 2265 de 2017 y la Ley 1753 de 2015 asignan a la Administradora de Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) la responsabilidad de administrar y controlar los recursos del SGSSS, siguiendo las políticas del Ministerio de Salud y Protección Social.
Por su parte, la Superintendencia Nacional de Salud, en desarrollo del artículo 39 de la Ley 1122 de 2007 y el Decreto 1080 de 2021, tiene la función de inspección, vigilancia y control sobre la ADRES, incluyendo la potestad de imponer multas cuando no se cumplan con los giros oportunos a las entidades correspondientes.
Principales instrucciones y modificaciones
Entre las disposiciones más relevantes se encuentran:
- La información reportada por la ADRES según la Circular Externa 006 de 2018 deberá mantenerse en un repositorio con datos históricos disponibles para consulta hasta septiembre de 2025.
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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.