Ministerio de Minas y Energía convoca a Operadores de Red para fortalecer la normalización de redes eléctricas e impulsar la autogeneración a pequeña escala
Ministerio de Minas y Energía convoca a Operadores de Red para fortalecer la normalización de redes eléctricas e impulsar la autogeneración a pequeña escala
Proviene de: Resoluciones
8 de junio de 2025 1:22:39
Contexto y entidad emisora
El pasado 3 de junio de 2025, el Ministerio de Minas y Energía publicó en el Diario Oficial la Resolución 40243, que convoca formalmente a los Operadores de Red del territorio nacional para presentar iniciativas dentro del marco del Programa de Normalización de Redes Eléctricas (PRONE). Esta resolución se fundamenta en las disposiciones legales vigentes, en especial el Decreto 1073 de 2015 y sus modificaciones, la Ley 2294 de 2023 y otras normas complementarias.
Objeto y destinatarios de la resolución
La Resolución tiene por objeto principal la convocatoria para que los Operadores de Red desarrollen y presenten planes, programas o proyectos destinados a la normalización de redes eléctricas, incluyendo la instalación de sistemas de autogeneración a pequeña escala (AGPE) basados en fuentes no convencionales de energía (FNCE), especialmente en barrios subnormales situados en municipios conectados al Sistema Interconectado Nacional (SIN).
Los destinatarios son los Operadores de Red, quienes tienen la responsabilidad directa de prestar el servicio público domiciliario de energía eléctrica y la capacidad técnica para ejecutar estos proyectos en sus áreas de influencia. Este grupo es relevante porque su participación es clave para legalizar usuarios, adecuar las infraestructuras eléctricas conforme a los reglamentos técnicos actuales y facilitar la adopción de tecnologías sostenibles.
Objetivos y finalidad
La resolución busca, entre otros fines, legalizar el acceso al servicio eléctrico en zonas vulnerables, promover la transición energética justa que prioriza la sostenibilidad social y ambiental, y fomentar el uso de energías renovables en el país. En línea con el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”, se pretende avanzar hacia un modelo de desarrollo más humano, equitativo y sostenible, que garantice calidad, continuidad y eficiencia en la prestación del servicio eléctrico.
Principales decisiones y regulaciones
La resolución establece las condiciones para la presentación de los planes, programas y proyectos, detalladas en un anexo integral que forma parte del acto administrativo. Se definen además los criterios de evaluación y priorización de las iniciativas, los cuales incluyen factores económicos, financieros, sociales y técnicos. Por ejemplo:
- Eficiencia económica: se priorizan proyectos que presenten menor costo por usuario, maximizando la relación costo-beneficio.
- Criterios sociales: se consideran especialmente las regiones con altos índices de pobreza multidimensional, zonas de paz, barrios subnormales con mayor número de usuarios, y condiciones de pobreza energética.
- Criterios técnicos: se evalúan indicadores de calidad del servicio como SAIDI (duración de interrupciones) y SAIFI (frecuencia de interrupciones), además del consumo promedio por suscriptor.
Asimismo, la resolución determina que los recursos asignados financiarán exclusivamente el suministro e instalación de redes de distribución, transformadores, acometidas domiciliarias, sistemas de autogeneración a pequeña escala y equipos de medición, limitando los costos de desmonte a un máximo del 3% del valor total del proyecto. Gastos adicionales deberán contar con justificación técnica y aprobación específica.
En cuanto a la propiedad y responsabilidad sobre los activos construidos con recursos del PRONE, se establece que serán titularidad de la Nación a través del Ministerio de Minas y Energía en proporción a su aporte. Los activos de distribución podrán ser aportados a los Operadores de Red para su administración, operación y mantenimiento, mientras que los activos de generación podrán ser transferidos a prestadores de servicios públicos o comunidades energéticas debidamente constituidas.
Base legal y normatividad aplicable
Esta convocatoria se fundamenta en una amplia base normativa que incluye:
- Ley 2294 de 2023, que expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026.
- Ley 1117 de 2006 y sus modificaciones, que regulan el PRONE.
- Decreto 1073 de 2015 y sus modificaciones, que establecen el régimen de servicios públicos domiciliarios y disposiciones específicas sobre normalización de redes y autogeneración.
- Resolución CREG 174 de 2021, que define aspectos técnicos y regulatorios de la autogeneración a pequeña escala.
- Decreto 2236 de 2023, que regula el modelo de comunidades energéticas.
- Decreto 1403 de 2024, que modifica lineamientos sobre autogeneración y producción marginal.
Esta articulación normativa garantiza la coherencia legal del programa y la integración de nuevas tecnologías y modelos participativos en el sector energético.
Impacto potencial y relevancia social
La convocatoria impulsa la normalización de redes eléctricas en barrios subnormales, facilitando el acceso legal y seguro al servicio eléctrico para poblaciones tradicionalmente excluidas. Al incluir sistemas de autogeneración basados en fuentes renovables, se promueve la transición hacia un sistema energético más sostenible y resiliente, en sintonía con los compromisos ambientales y sociales del país.
Además, la priorización de proyectos que beneficien zonas con altos índices de pobreza y en áreas afectadas por el conflicto armado contribuye a cerrar brechas sociales y energéticas, favoreciendo la equidad y el desarrollo integral de las comunidades.
La inclusión de comunidades energéticas como actores participantes permite avanzar hacia un modelo descentralizado y participativo, que fortalece el empoderamiento local y la generación de empleo.
Procedimientos y plazos
El Ministerio de Minas y Energía, a través de la Dirección de Energía, será responsable de evaluar las propuestas presentadas conforme a los criterios establecidos. La priorización de proyectos será realizada por el Comité de Administración del PRONE, quien también podrá priorizar iniciativas de especial interés público.
Los Operadores de Red seleccionados deberán asumir la ejecución de los proyectos bajo las normas de contratación estatal vigentes, incluyendo la realización de interventorías financiadas con recursos propios, cuyo costo no podrá superar el 7% del valor directo del proyecto.
La resolución entró en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial y establece un marco claro y detallado para la adjudicación y desarrollo de proyectos que modernicen la infraestructura eléctrica y promuevan fuentes limpias en zonas vulnerables.
Conclusión
La Resolución 40243 de 2025 del Ministerio de Minas y Energía representa un paso significativo en la política energética colombiana, orientado a fortalecer la normalización del servicio eléctrico en sectores marginados y a impulsar tecnologías limpias mediante la autogeneración a pequeña escala. Su enfoque integral, que combina aspectos técnicos, sociales y económicos, y su alineación con el Plan Nacional de Desarrollo, apuntan a consolidar una transición energética justa y sostenible, con beneficios tangibles para las comunidades más vulnerables del país.
Para más información, los interesados pueden acceder al texto completo de la Resolución 40243 de 2025 en la página oficial del Ministerio de Minas y Energía.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.