Comisión Nacional de Disciplina Judicial revoca absolución y destituye a oficial mayor por falsificación de incapacidades
Proviene de: Sentencias
8 de junio de 2025 1:22:26
Contexto y hechos
El proceso se originó a partir de un informe remitido por la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Antioquia, que alertó sobre presuntas irregularidades disciplinarias cometidas por un oficial mayor provisional adscrito al Juzgado 23 Penal Municipal de Medellín. El investigado presentó cuatro certificados de incapacidad médica entre noviembre y diciembre de 2021, que supuestamente fueron expedidos por la EPS y Medicina Prepagada Suramericana S.A. Sin embargo, la EPS certificó que dichos documentos no correspondían a sus registros oficiales.
Investigación y primera instancia
Se abrió investigación disciplinaria y se recogieron diversas pruebas, incluyendo certificaciones de la Fiscalía General de la Nación y la EPS, además de informes laborales y antecedentes disciplinarios. La Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Antioquia absolvió en primera instancia al oficial mayor, argumentando que aunque existía prueba sobre la existencia de la falta, no se demostró con certeza la responsabilidad directa del servidor público en la falsificación de las incapacidades.
Recurso de apelación y segunda instancia
El representante del Ministerio Público interpuso recurso de apelación, señalando que la conducta del oficial mayor sí cumplía con los elementos objetivos del delito de falsedad en documento privado, y que se había utilizado el correo institucional para remitir los certificados falsos, demostrando el dolo y la relación con su función. La Comisión Nacional de Disciplina Judicial, en segunda instancia, revocó parcialmente la absolución y declaró disciplinariamente responsable al oficial mayor por la falta gravísima contemplada en el artículo 48.1 de la Ley 734 de 2002, en concordancia con el artículo 289 del Código Penal.
Fundamentos y sanción
La Comisión destacó que la conducta configuró un concurso material homogéneo de faltas disciplinarias, afectando sustancialmente el deber funcional del servidor judicial y el funcionamiento del juzgado. Se evidenció el conocimiento y la voluntad de la conducta dolosa, al enviar repetidamente incapacidades falsas para justificar ausencias laborales y obtener beneficios indebidos. En consecuencia, se impuso la sanción de destitución e inhabilidad general por diez años, conforme a lo previsto para faltas gravísimas dolosas.
Conclusiones
Este fallo reafirma la importancia del cumplimiento de los deberes funcionales y la ética en el servicio público judicial, especialmente en cargos que afectan la administración de justicia. La utilización de documentos falsos, aun cuando no se demuestre la autoría material de la falsificación, puede configurar responsabilidad disciplinaria cuando se emplean para obtener beneficios indebidos y se afecta la confianza en el sistema judicial. La decisión resalta el papel de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial en garantizar la integridad y transparencia del ejercicio judicial, enviando un mensaje claro sobre la intolerancia frente a conductas que comprometen la confianza pública y la correcta administración de justicia.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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