Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirma prórroga de suspensión provisional a escribiente del Tribunal Superior de Pasto
Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirma prórroga de suspensión provisional a escribiente del Tribunal Superior de Pasto
Proviene de: Sentencias
8 de junio de 2025 1:20:59
La decisión adoptada por la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Nariño prorrogó la suspensión provisional inicialmente decretada, en atención a las investigaciones por presuntas faltas disciplinarias gravísimas cometidas por el funcionario judicial en ejercicio. La medida, que se inició el 30 de enero de 2025, se extendió por tres meses más, conforme a lo permitido por el artículo 217 de la Ley 1952 de 2019.
Hechos que originaron la actuación disciplinaria
El proceso se originó a partir de una queja disciplinaria en la que se denunció que el servidor público, en su condición de escribiente judicial, habría ejercido irregularmente funciones propias de abogado y solicitado dinero a familiares de un condenado para gestionar su libertad o prisión domiciliaria. A pesar de los pagos realizados, las gestiones no prosperaron y no se devolvieron los dineros.
La Comisión Seccional de Disciplina Judicial constató que el funcionario no tenía la calidad de abogado, pero sí estaba vinculado laboralmente a la Rama Judicial desde 2009 en el cargo mencionado. Por ello, se abrió investigación disciplinaria y posteriormente se decretó la suspensión provisional para evitar que continuara accediendo a información privilegiada o usando su influencia para cometer irregularidades.
Requisitos y fundamentos para la prórroga de la suspensión provisional
La suspensión provisional es una medida preventiva que busca garantizar la eficacia del proceso disciplinario, evitando que el investigado interfiera en la investigación o continúe con la conducta irregular. Según el artículo 217 de la Ley 1952 de 2019, la suspensión inicial puede ser de tres meses, prorrogable por otro tanto, y luego de proferido el fallo de primera instancia, por otros tres meses más.
En este caso, la prórroga fue motivada porque se cumplen los requisitos legales: la etapa procesal es de juzgamiento, se imputan faltas disciplinarias gravísimas calificadas provisionalmente a título de dolo, y existen serios elementos de juicio que indican que la permanencia en el cargo facilitaría la continuación o reiteración de las conductas investigadas.
Garantías procesales y derechos del investigado
Se garantizó el derecho de contradicción y defensa del funcionario, quien presentó alegaciones y cuestionamientos sobre la legalidad de las pruebas y el trámite procesal. Sin embargo, en la fase de consulta para prórroga de la suspensión provisional, la revisión se limita a verificar que se cumplieron los requisitos legales para la medida, sin prejuzgar la responsabilidad disciplinaria ni la validez probatoria.
Conclusiones
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial concluyó que persisten las circunstancias objetivas que justifican la prórroga de la suspensión provisional. La vinculación del investigado a la Rama Judicial le permitiría continuar accediendo a información privilegiada y utilizar su cargo para solicitar dinero a cambio de gestiones irregulares, poniendo en riesgo la función pública y la administración de justicia.
Por ello, confirmó la decisión consultada y ordenó notificar a las partes, indicando que contra esta providencia no procede recurso alguno. La actuación será remitida al despacho de origen para los fines pertinentes, garantizando así la transparencia y efectividad en la administración disciplinaria dentro del sector judicial.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.