Ministerio de Salud y Protección Social expide Circular Externa 00000021 de 2025 sobre formalización del empleo público en el sector salud
Ministerio de Salud y Protección Social expide Circular Externa 00000021 de 2025 sobre formalización del empleo público en el sector salud
Proviene de: Circulares
10 de junio de 2025 20:49:4
Contexto y objetivo de la Circular
La Circular Externa 00000021 de 2025 fue emitida por el Ministerio de Salud y Protección Social, un organismo público que ejerce la rectoría del sector salud en Colombia. Su propósito principal es dar seguimiento a la implementación de la política gubernamental de formalización del empleo público en equidad, establecida en el artículo 82 de la Ley 2294 de 2023, la cual forma parte del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026.
Esta política busca consolidar un empleo público formal, basado en criterios meritocráticos y con vocación de permanencia, reduciendo la contratación temporal a través de contratos de prestación de servicios, una práctica que había generado preocupación por parte de entidades de control como la Procuraduría General de la Nación.
La circular está dirigida a todas las entidades adscritas al Ministerio de Salud y Protección Social, las cuales tienen la obligación de reportar periódicamente avances y acciones adoptadas para cumplir con esta política de formalización. El seguimiento se realiza mediante reuniones de trabajo con los responsables de talento humano, planeación y secretaría general de cada entidad, a fin de garantizar el cumplimiento de los compromisos adquiridos.
Alcance y validez legal
El documento tiene carácter vinculante, dado que se basa en una política de Estado consagrada en la Ley 2294 de 2023 y que forma parte del Plan Nacional de Desarrollo. Por lo tanto, el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la circular no es opcional, sino un mandato legal para las entidades del sector salud.
Asimismo, el Ministerio de Salud y Protección Social actúa como órgano rector del sector, lo que le confiere la competencia para emitir directrices y hacer seguimiento a su cumplimiento. La circular establece plazos claros para la entrega de información —como la fecha límite del 24 de junio de 2025 para el primer reporte—, así como criterios estrictos de calidad y claridad en los datos que deben ser remitidos.
El incumplimiento puede acarrear responsabilidades jurídicas para los representantes legales de las entidades, en virtud de la obligación individual de garantizar la formalización del empleo público.
Contenido sustancial y lineamientos básicos
En su contenido, la circular resalta varios aspectos clave para materializar la política de formalización:
1. Compromiso ineludible: El cumplimiento de la formalización del empleo público es un mandato de política de Gobierno, por lo que las entidades no pueden optar por no participar. La información solicitada debe enviarse en forma oportuna y con la calidad requerida, para permitir la rendición de informes al Presidente de la República.
2. Reportes periódicos: Se requiere que las entidades adscritas envíen un informe actualizado con corte al 31 de mayo de 2025, usando un formato Excel específico denominado “REPORTE FORMALIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO SECTOR SALUD”, el cual contiene datos sobre contratos, contratistas, valores y empleos formalizados. Este envío inicial debe realizarse antes del 24 de junio de 2025, y posteriormente, los reportes deberán remitirse durante los primeros cinco días hábiles de cada mes.
3. Balance y seguimiento: La circular recuerda la reunión realizada el 9 de mayo de 2025, en la cual se presentó un balance de los contratos de prestación de servicios en el sector salud y se enfatizó la necesidad de disminuir esta modalidad de contratación para avanzar hacia la formalización laboral.
4. Justificación en caso de incumplimiento: Si alguna entidad considera que no debe someterse al Plan de formalización, debe exponer las razones de hecho y de derecho que fundamenten dicha posición.
5. Responsabilidad individual: Se subraya que la obligación recae en cada representante legal, con el fin de asegurar el compromiso institucional y evitar eventuales responsabilidades.
Importancia para los destinatarios y el público en general
Esta circular representa un paso fundamental en la consolidación de un empleo público formal, estable y equitativo dentro del sector salud, lo cual tiene implicaciones directas en la calidad del servicio público y en las condiciones laborales de los servidores públicos.
Para las entidades adscritas al Ministerio de Salud y Protección Social, la circular marca un camino claro y obligatorio para el cumplimiento de la política de formalización, estableciendo mecanismos de control y seguimiento que buscan eliminar prácticas contractuales atípicas y fortalecer la estabilidad laboral.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.