Instituto Geográfico Agustín Codazzi ordena actualización catastral en El Retorno, Guaviare
Proviene de: Resoluciones
10 de junio de 2025 18:29:55
Contexto y entidad responsable
El Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), en su calidad de máxima autoridad catastral nacional, es el organismo encargado de la gestión catastral en Colombia. Mediante la Resolución número 50-000-047-2025, publicada en el Diario Oficial No. 53.143 el 9 de junio de 2025, el IGAC, a través de su Dirección Territorial Meta, ordena el inicio del proceso de actualización y formación catastral en el municipio de El Retorno, Guaviare. La resolución se emite de conformidad con el artículo 30 del Decreto 846 de 2021 y en concordancia con otras normativas vigentes, como la Resolución 1040 de 2023 y la Resolución 746 de 2024.
Objetivo y alcance de la resolución
El propósito principal de esta resolución es actualizar la información catastral en la zona urbana del municipio, cuya última actualización data del año 2009, y formar la base catastral en la zona rural, donde no se cuenta con información previa formalizada. La actualización catastral con enfoque multipropósito implica no solo la identificación física de los inmuebles, sino también aspectos jurídicos, fiscales y económicos, integrando esta información para facilitar la gestión pública, la seguridad jurídica y el desarrollo territorial.
Destinatarios y relevancia
El proceso va dirigido a los propietarios y poseedores de inmuebles del municipio de El Retorno, así como a las autoridades locales y entidades públicas que utilizan la información catastral para la planificación y administración territorial. La actualización es especialmente relevante en este municipio, dado que no cuenta con un gestor catastral habilitado, por lo que el IGAC asume directamente la prestación del servicio público catastral.
Principales disposiciones y regulaciones
La resolución ordena el inicio formal de los procesos de actualización en la zona urbana y formación en la zona rural, los cuales deben ejecutarse conforme a la normatividad técnica y jurídica vigente, en particular la Resolución 1040 de 2023 y su modificación parcial por la Resolución 746 de 2024.
Además, establece que si durante el proceso se identifica la presencia de Pueblos Indígenas o comunidades negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras en el territorio, deben aplicarse los instrumentos protocolizados para garantizar la Consulta Previa, Libre e Informada, respetando sus derechos y participación en el proceso catastral.
Por otro lado, se dispone remitir copia de la resolución a la Dirección de Gestión Catastral del IGAC, a la alcaldía municipal y a la Superintendencia de Notariado y Registro (SNR), para que esta última ejerza la inspección, vigilancia y control sobre la gestión catastral.
Fundamentos legales
La resolución se fundamenta en un marco normativo amplio que incluye:
- La Ley 14 de 1983, que asigna a las autoridades catastrales la formación, actualización y conservación de los catastros.
- La Ley 1450 de 2011, que establece la obligación de actualizar los catastros en todos los municipios cada cinco años.
- La Ley 1955 de 2019 y su modificación por la Ley 2294 de 2023, que definen la gestión catastral como un servicio público con enfoque multipropósito.
- El Decreto 1170 de 2015 y su modificación por el Decreto 148 de 2020, que regulan los procesos técnicos y administrativos del catastro.
- El Decreto 846 de 2021, que define las funciones del IGAC y de sus Direcciones Territoriales en materia catastral.
- Las resoluciones IGAC 1040 de 2023 y 746 de 2024, que regulan los actos administrativos para la formación y actualización catastral.
Impacto y relevancia para el municipio y la región
La actualización y formación catastral ordenada por el IGAC favorecerá la seguridad jurídica sobre los derechos de propiedad inmueble en El Retorno, facilitando el acceso a información confiable para propietarios, autoridades y actores del mercado inmobiliario. Además, contribuirá al fortalecimiento fiscal del municipio mediante una base de datos actualizada para la correcta liquidación de impuestos prediales.
Desde la perspectiva de la planificación territorial, contar con información catastral precisa y multipropósito permitirá diseñar políticas públicas más efectivas en temas urbanísticos, ambientales y sociales. La inclusión de mecanismos para la Consulta Previa con comunidades indígenas y afrodescendientes también refleja un compromiso con la interculturalidad y el respeto a los derechos colectivos.
Finalmente, la resolución reafirma el papel del IGAC como garante del servicio público catastral, especialmente en municipios donde no existen gestores catastrales habilitados, asegurando la continuidad y calidad de la gestión catastral en todo el territorio nacional.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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