Instituto Geográfico Agustín Codazzi ordena actualización catastral multipropósito en Puerto Concordia, Meta
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10 de junio de 2025 18:31:39
Contexto y emisión de la resolución
El pasado 4 de junio de 2025, la Dirección Territorial del Meta del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), máxima autoridad catastral nacional, emitió la Resolución 50-000-049-2025. Esta resolución, publicada en el Diario Oficial No. 53.143 el 9 de junio de 2025, establece el inicio formal del proceso de actualización catastral en el municipio de Puerto Concordia, tanto en su zona urbana como rural.
El IGAC, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 30 del Decreto 846 de 2021 y en concordancia con la Resolución 1040 de 2023 (modificada parcialmente por la Resolución 746 de 2024), es el encargado de liderar este proceso debido a que Puerto Concordia no cuenta con un gestor catastral habilitado. De esta forma, se garantiza la prestación del servicio público catastral bajo el enfoque multipropósito que exige la legislación colombiana.
¿Qué es la actualización catastral con enfoque multipropósito?
La actualización catastral con enfoque multipropósito consiste en identificar, incorporar o rectificar los cambios en la información catastral física, jurídica, fiscal y económica de los inmuebles dentro de un territorio determinado. Este enfoque tiene como finalidad que la información resultante sirva para múltiples usos: desde la seguridad jurídica en la propiedad inmobiliaria, pasando por la eficiencia del mercado, hasta el apoyo a la planificación y ordenamiento territorial.
Esta actualización es un requisito legal, establecido en la Ley 1450 de 2011, que obliga a las autoridades catastrales a actualizar los catastros en todos los municipios cada cinco años. Además, la Ley 1955 de 2019 y la Ley 2294 de 2023 fortalecen este mandato, enfatizando la importancia de la gestión catastral como un servicio público que contribuye al fortalecimiento fiscal de los territorios y a la inclusión de una perspectiva intercultural.
Destinatarios y relevancia del proceso
La resolución está dirigida principalmente a las autoridades del municipio de Puerto Concordia, al IGAC como autoridad catastral nacional y a la Superintendencia de Notariado y Registro (SNR), que tendrá funciones de inspección, vigilancia y control sobre la gestión catastral.
Este proceso también involucra a las comunidades indígenas y afrodescendientes del territorio, quienes, en caso de estar presentes, deberán ser consultadas mediante mecanismos de Consulta Previa, Libre e Informada, garantizando el respeto a sus derechos y la participación en el proceso catastral.
La importancia de esta actualización radica en que la última se realizó en 2014, por lo que la información actual puede estar desactualizada o contener inconsistencias, afectando la seguridad jurídica de la propiedad, la correcta planificación urbana y rural, así como la adecuada recaudación de impuestos territoriales.
Decisiones y regulaciones clave contenidas en la resolución
El acto administrativo ordena formalmente el inicio del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito en Puerto Concordia, conforme a la normatividad vigente. Establece que las actividades se regirán por la Resolución 1040 de 2023, modificada parcialmente por la Resolución 746 de 2024, que regulan los procesos técnicos y administrativos para la formación y actualización catastral.
Además, la resolución establece la obligación de implementar los instrumentos protocolizados para la Consulta Previa en caso de detectar la presencia de pueblos indígenas, así como las directrices para trabajar con comunidades negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras, conforme a la circular externa emitida por el IGAC en noviembre de 2021.
Se remite copia de la resolución a la Dirección de Gestión Catastral del IGAC, a la alcaldía municipal y a la Superintendencia de Notariado y Registro, asegurando la coordinación institucional y el control del proceso.
Finalmente, la resolución dispone su publicación en el Diario Oficial y establece que rige a partir de la fecha de esta publicación, sin que procedan recursos contra este acto administrativo, según lo previsto en la Ley 1437 de 2011.
Base legal y marco normativo
El proceso está sustentado en múltiples disposiciones legales y reglamentarias fundamentales:
- Ley 14 de 1983: Define las responsabilidades de las autoridades catastrales en formación, actualización y conservación del catastro.
- Ley 1450 de 2011: Establece la obligación de actualizar catastros cada cinco años en todo el país.
- Ley 1955 de 2019 y Ley 2294 de 2023: Reafirman la gestión catastral como un servicio público esencial, con enfoque multipropósito y perspectiva intercultural.
- Decreto 846 de 2021: Regula la estructura y funciones del IGAC.
- Decreto 1170 de 2015 y su modificación por Decreto 148 de 2020: Definen el catastro multipropósito y los procesos de gestión catastral.
- Resoluciones IGAC 1040 de 2023 y 746 de 2024: Establecen los actos administrativos obligatorios y el marco técnico para los procesos catastrales.
Impacto y perspectivas
La actualización catastral ordenada por esta resolución es un paso significativo para mejorar la calidad y confiabilidad de la información catastral en Puerto Concordia. Esto tiene un impacto directo en la seguridad jurídica de los propietarios, facilitando trámites y fortaleciendo la confianza en el mercado inmobiliario.
Además, una información catastral actualizada es crucial para la gestión eficiente del territorio, permitiendo a las autoridades locales planificar mejor el desarrollo urbano y rural, ejecutar obras públicas y mejorar la recaudación tributaria, lo que a su vez contribuye al desarrollo socioeconómico de la región.
La incorporación de mecanismos de consulta y participación para comunidades indígenas y afrodescendientes demuestra el compromiso con la inclusión social y el respeto a los derechos colectivos, alineándose con los estándares internacionales y la legislación nacional.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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