Ministerio de Salud y Protección Social emite Circular Externa 00000025 de 2025 sobre medidas para la prevención y control de arbovirosis en eventos públicos
Ministerio de Salud y Protección Social emite Circular Externa 00000025 de 2025 sobre medidas para la prevención y control de arbovirosis en eventos públicos
Proviene de: Circulares
11 de junio de 2025 12:13:39
Contexto y objetivo de la Circular
Ante el brote del virus de la fiebre amarilla y la circulación activa de arbovirosis como dengue, el Ministerio de Salud y Protección Social, órgano rector del sector salud en Colombia, emitió la Circular Externa 00000025 con fecha 10 de junio de 2025. Esta circular se enmarca dentro de la emergencia sanitaria nacional declarada mediante la Resolución número 691 de 2025, que busca mitigar los riesgos y efectos de estas enfermedades transmitidas por vectores.
El propósito principal de la circular es impartir directrices precisas de obligatorio cumplimiento para la preparación, organización y respuesta en ferias, fiestas y otros eventos con aglomeración focalizada y afluencia simultánea multiespacial. Se busca fortalecer la prevención y control de la fiebre amarilla, dengue y otras arbovirosis en entornos donde la concentración de personas puede facilitar la propagación viral.
Los destinatarios de esta circular incluyen departamentos, secretarías departamentales, distritos, municipios, Entidades Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB), Empresas Sociales del Estado (ESE), Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) y demás actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud. Su ámbito de aplicación es externo y afecta a múltiples sectores públicos y privados involucrados en la organización y vigilancia sanitaria de eventos masivos.
Fuerza vinculante y validez legal
Emitida por una autoridad competente, el Ministerio de Salud y Protección Social, esta circular tiene carácter de obligatorio cumplimiento para los destinatarios indicados. Se fundamenta en la autoridad legal conferida por el Decreto Ley 4107 de 2011 y en la Resolución 691 de 2025, que declara la emergencia sanitaria nacional. Por tanto, las disposiciones contenidas en la circular son vinculantes y deben ser adoptadas como medidas sanitarias esenciales frente a la emergencia epidemiológica actual.
Su vigencia se extiende mientras permanezca vigente la emergencia sanitaria declarada, reforzando así su importancia como instrumento jurídico para la gestión integral del riesgo en salud pública.
Contenido sustancial y alcance de las medidas
La circular detalla un conjunto de medidas estructuradas en líneas estratégicas para la prevención y control efectivo de las arbovirosis en el contexto de eventos públicos con alta concentración de personas. Entre sus puntos más relevantes se destacan:
1. Gestión integral de la contingencia: Las autoridades territoriales deben elaborar planes de contingencia específicos con al menos 15 días de anticipación a la fecha del evento. Dichos planes deben incluir acciones antes, durante y después del evento, ajustándose a lineamientos técnicos para prevenir la transmisión viral. Además, se establecen restricciones para eventos en zonas rurales declaradas en emergencia o con evidencia de transmisión urbana activa, y se condiciona la realización de eventos a la existencia del acto administrativo que declara la emergencia sanitaria.
2. Intensificación de la vigilancia en salud pública: Se exige la realización de salas de análisis de riesgo para evaluar la situación epidemiológica, la evaluación entomológica en zonas de concentración de personas, el monitoreo continuo de notificaciones de casos en las IPS, y la conformación de equipos de investigación epidemiológica de campo. Estas acciones buscan garantizar la detección temprana y respuesta oportuna ante posibles casos durante eventos masivos.
3. Promoción de la salud y prevención primaria: Se enfatiza la vacunación contra la fiebre amarilla como medida prioritaria, recomendando intensificarla antes de los eventos y exigir la presentación del carné de vacunación como requisito para la participación en municipios de alto riesgo. La circular también establece la obligación de que el personal involucrado en la organización y atención durante los eventos esté vacunado. Asimismo, se promueven campañas comunitarias para la eliminación de criaderos de mosquitos y el uso de repelentes y toldillos.
4. Manejo integrado de vectores: Se propone la presentación y ejecución de planes específicos de control de vectores, incluyendo intervenciones físicas, químicas y sociales en áreas urbanas y rurales. Se estipula la contratación de empresas especializadas con licencia sanitaria para el control vectorial en eventos privados o mixtos y la vigilancia de áreas de alta afluencia para mantenerlas libres de criaderos. También se establece la necesidad de equipos operativos para acciones inmediatas ante casos sospechosos.
5. Atención integral de casos: Las IPS deben actualizar sus planes de emergencia hospitalaria para garantizar capacidad de respuesta clínica y articulación con redes de referencia y contrarreferencia. Se requiere capacitación del personal de salud en manejo clínico de arbovirosis, disponibilidad de pruebas diagnósticas específicas, y aplicación de medidas de aislamiento vectorial para evitar la propagación. Además, se establece la obligatoriedad de reportar capacidades hospitalarias y afectaciones durante los eventos.
6. Comunicación de riesgo: La autoridad sanitaria municipal debe difundir mensajes preventivos y educativos antes y durante los eventos, utilizando diversos medios para informar sobre medidas de prevención, síntomas de alarma y la importancia de la vacunación. Se promueve la instalación de señalización informativa en puntos estratégicos y la sensibilización activa de la población residente y visitantes.
Importancia para los destinatarios y la sociedad
Esta circular representa una herramienta fundamental para la articulación intersectorial y territorial en la gestión de riesgos sanitarios vinculados a enfermedades transmitidas por vectores. Su enfoque integral —que abarca desde la planificación anticipada hasta la vigilancia epidemiológica, la vacunación, el control vectorial, la atención clínica y la comunicación efectiva— busca proteger la salud pública y evitar la propagación de brotes en eventos masivos, que por su naturaleza pueden constituir focos de contagio.
Para las entidades territoriales, la circular establece responsabilidades claras y procedimientos específicos que deben cumplirse para garantizar la seguridad sanitaria de sus comunidades y visitantes. Para el público en general, especialmente en zonas de alto riesgo, implica un llamado a la participación activa y al cumplimiento de medidas preventivas como la vacunación y la adopción de prácticas que reduzcan la exposición a mosquitos.
En términos legales, la Circular Externa 00000025 de 2025 fortalece el marco normativo vigente en materia de salud pública y emergencias sanitarias, asegurando que las acciones adoptadas durante la emergencia por arbovirosis sean uniformes, coordinadas y efectivas, con respaldo jurídico para su exigibilidad.
Conclusión
La Circular Externa 00000025 del Ministerio de Salud y Protección Social, publicada el 10 de junio de 2025, es un instrumento jurídico indispensable para la prevención y control de la fiebre amarilla, dengue y otras arbovirosis en Colombia durante eventos masivos. Su contenido, de cumplimiento obligatorio, articula un conjunto de medidas integrales que contribuyen a proteger la salud pública en el contexto de la emergencia sanitaria nacional. Su correcta implementación es clave para minimizar riesgos y salvaguardar a la población frente a estas enfermedades transmitidas por vectores.
Para acceder al texto completo de la Circular, se recomienda consultar el Diario Oficial No. 53.144 del 10 de junio de 2025 o el sitio web oficial del Ministerio de Salud y Protección Social.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.