Modificación en la asignación de Surcos Ferroviarios: Ministerio de Transporte ajusta plazos para tramos no concesionados
Proviene de: Proyectos de Resolución
25 de agosto de 2025 14:9:59
Propósito general del proyecto de resolución
El Ministerio de Transporte presenta una modificación normativa dirigida a mejorar el procedimiento para la asignación de Surcos Ferroviarios en la Red Férrea Nacional. En particular, la resolución ajusta los plazos para la aplicación de ciertos requisitos técnicos en los tramos ferroviarios que no se encuentran bajo administración contractual de concesión. Esta iniciativa se enmarca en la necesidad de garantizar que la reglamentación técnica y los procesos de verificación sean adecuados y factibles para todos los actores del sector ferroviario.
Objetivo principal y beneficios
El objetivo principal del proyecto es ampliar el plazo de exigibilidad de las disposiciones relacionadas con la solicitud de asignación de Surcos Ferroviarios para aquellos tramos de la red que no están concesionados. Esta ampliación, fijada en tres años, permitirá a los organismos de certificación, auditoría, control e inspección familiarizarse con la normativa técnica colombiana y los aspectos específicos de la infraestructura no concesionada. De esta manera, se busca optimizar la calidad del proceso de validación técnica y garantizar que los operadores ferroviarios puedan cumplir con los requisitos sin enfrentar obstáculos derivados del desconocimiento o la falta de información adecuada.
Los principales beneficiarios de esta medida son los operadores ferroviarios de transporte de pasajeros y de carga, especialmente aquellos que operan en tramos no concesionados, así como los organismos certificadores involucrados en la expedición de documentos de validación.
Nuevas disposiciones y mecanismos introducidos
La modificación específica se realiza en el parágrafo 2 del artículo 20 de la Resolución No. 20243040046045, donde se establece que las disposiciones de esta resolución serán exigibles únicamente tres años después de su entrada en vigor para tramos de la Red Férrea Nacional no administrados mediante contrato de concesión.
Además, se exceptúa a los operadores ferroviarios de transporte de pasajeros que cuenten con habilitación y permiso de operación vigentes al momento de la entrada en vigor de la resolución, de la obligación de presentar el Documento de Validación y la prueba del material rodante para la asignación de surcos en estos tramos. No obstante, estos operadores deberán presentar la solicitud correspondiente dentro del año siguiente a la finalización del periodo de transición.
Este ajuste implica que la solicitud para la asignación de surcos a partir del vencimiento de la prórroga se iniciará directamente desde la etapa de trámite establecida, sin requerir la emisión previa del acto administrativo de compatibilidad o prueba técnica, agilizando así el proceso y facilitando la continuidad operativa.
Acciones y regulaciones establecidas
Las medidas contemplan un periodo de transición destinado a permitir a los organismos certificadores realizar un estudio técnico detallado sobre la normativa vigente y las características de la infraestructura ferroviaria no concesionada. Durante este tiempo, se desarrollarán las especificaciones y estándares técnicos necesarios para la verificación de compatibilidad entre el material rodante y la infraestructura.
De esta forma, se garantiza que la evaluación técnica se realice con un criterio riguroso, objetivo e imparcial, similar al que se aplica en los tramos concesionados, donde los contratos y normativas están claramente definidos y supervisados.
Impacto esperado y relevancia estratégica
Esta resolución representa un avance significativo para el sector ferroviario al promover un marco regulatorio más accesible y adaptable a la realidad operativa y técnica del país. La ampliación del plazo de exigibilidad y la flexibilización en la solicitud de documentos técnicos para operadores ya habilitados contribuyen a:
- Evitar barreras regulatorias que dificultan la operación en tramos no concesionados.
- Favorecer la entrada y permanencia de operadores ferroviarios, promoviendo la competencia y la eficiencia.
- Fortalecer la seguridad y calidad del servicio mediante la adecuada validación técnica.
- Facilitar la implementación del Plan Maestro Ferroviario y los objetivos de reactivación y consolidación del sistema ferroviario nacional.
De esta manera, la resolución apoya la meta del Estado colombiano de garantizar la prestación eficiente y segura del servicio público de transporte ferroviario, en consonancia con la Constitución Política y la legislación vigente.
Participación e involucramiento de actores clave
El Ministerio de Transporte ha llevado a cabo un proceso de consulta pública en cumplimiento de la normativa de participación ciudadana, permitiendo que diversos actores del sector, como asociaciones empresariales y entidades territoriales, expresen sus opiniones y sugerencias.
Además, se ha mantenido un diálogo directo con organismos de certificación, auditoría, control e inspección, quienes manifestaron la necesidad de un periodo adicional para adaptarse a los requerimientos técnicos colombianos. Este acercamiento colaborativo ha sido fundamental para definir la ampliación del plazo y ajustar los procesos de validación.
En conclusión, la resolución modifica el procedimiento para la asignación de Surcos Ferroviarios en tramos no concesionados, otorgando un plazo de transición de tres años para su plena exigibilidad. Esta medida busca facilitar el cumplimiento normativo, mejorar la calidad técnica de las validaciones y fortalecer el transporte ferroviario en Colombia, beneficiando a operadores, entidades públicas y al sector en general.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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