Nuevo decreto reglamenta el Programa de Protección Integral para exintegrantes de las FARC-EP en Colombia
Proviene de: Decretos
12 de junio de 2025 23:7:20
Contexto y propósito del decreto
El Ministerio del Interior de Colombia emitió el Decreto 0638 de 2025, el cual adiciona el Capítulo 8 al Título 1 de la Parte 4 del Libro 2 del Decreto 1066 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior. Esta medida normativa responde al mandato constitucional de garantizar la efectividad de los derechos y la protección de todas las personas residentes en Colombia, en particular aquellas vinculadas al proceso de reincorporación de las FARC-EP, conforme al Acuerdo Final de Paz suscrito en 2016.
El decreto reglamenta el Programa de Protección Integral previsto en el artículo 12 del Decreto Ley 895 de 2017, cuyo fin es coordinar con las entidades estatales la implementación de políticas, programas, acciones y medidas orientadas a proteger integralmente a las y los integrantes del nuevo partido o movimiento político que surge del tránsito de las FARC-EP a la actividad política legal, así como a los antiguos integrantes que se reincorporan a la vida civil y a sus familias, en atención a su nivel de riesgo.
Medidas y componentes clave del Programa de Protección Integral
El Programa de Protección Integral se estructura en tres componentes principales:
1. Medidas articuladas para la libertad respecto del miedo: Incluye políticas y acciones dirigidas a proteger la vida, integridad física y seguridad de la población objeto frente a amenazas y riesgos. Se establecen Instancias Tripartitas de Protección y Seguridad a nivel nacional, departamental, municipal y distrital, encargadas de coordinar la prevención, protección y respuesta frente a situaciones de riesgo. Estas instancias integran representantes de entidades estatales, la población beneficiaria y la Misión de Verificación de Naciones Unidas en Colombia, garantizando además enfoques diferenciales de género y étnicos.
2. Medidas articuladas para la libertad respecto de la necesidad: Comprenden políticas y programas que buscan atender las necesidades básicas, económicas, sociales y ambientales de la población, contribuyendo a su seguridad humana y a la reincorporación integral. Estas medidas se articulan con la Política de Reincorporación y el Programa de Reincorporación Integral, priorizando especialmente a mujeres y grupos vulnerables.
3. Medidas articuladas para vivir en dignidad: Enfocadas en combatir la discriminación, estigmatización y exclusión, estas acciones incluyen la difusión de la Política de Reconciliación, Convivencia y No Estigmatización, jornadas móviles de oferta institucional para facilitar el acceso a servicios del Estado, y la garantía de mecanismos efectivos para la denuncia, seguimiento e investigación de violaciones a derechos y garantías de la población protegida.
Ámbito de aplicación y coordinación institucional
El decreto tiene aplicación nacional y alcanza a todas las entidades y organismos estatales en sus diferentes niveles y sectores, así como a particulares que, en ejercicio de funciones administrativas relacionadas, tengan responsabilidades en la implementación de acciones y medidas para la seguridad integral de la población objeto.
La coordinación y dirección del Programa está a cargo del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, a través de la Unidad de Implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera. Este organismo convoca mesas interinstitucionales para articular las acciones, solicita informes, transmite órdenes presidenciales y realiza el seguimiento del programa.
Además, se crean las Instancias Tripartitas de Protección y Seguridad a nivel nacional, departamental, municipal y distrital, espacios de diálogo y coordinación entre representantes del Gobierno, la población beneficiaria y la Misión de Verificación de Naciones Unidas, que permiten un enfoque participativo y con perspectiva diferencial.
Marco legal y bases constitucionales
El decreto se fundamenta en los artículos 189 numerales 2 y 11 de la Constitución Política de Colombia, el Decreto Ley 895 de 2017, el Decreto 1066 de 2015 y su adición por el Decreto 299 de 2017, así como en las órdenes de la Jurisdicción Especial para la Paz y la Corte Constitucional que han enfatizado la necesidad de garantías de seguridad para la población en proceso de reincorporación.
Asimismo, se enmarca dentro de la política de paz como política de Estado establecida en la Ley 2272 de 2022, que ordena la adopción de enfoques de derechos, diferencial, de género, étnico y territorial en la implementación de los acuerdos de paz.
Implicaciones para la ciudadanía y las entidades
Para las personas excombatientes que transitan a la vida civil y política, este decreto representa un avance significativo en la garantía de su seguridad y protección integral, elementos esenciales para su efectiva reincorporación y participación democrática.
Para las entidades públicas, significa la obligación de articular esfuerzos, compartir información y coordinar acciones bajo principios de colaboración armónica, idoneidad, integralidad y respeto a la autonomía territorial. Las autoridades territoriales deben apoyar la implementación de las medidas en sus regiones, incluyendo la participación de autoridades étnicas y la consideración de enfoques diferenciales.
Además, el decreto establece mecanismos para monitorear, evaluar y financiar el programa, con fuentes que incluyen el Presupuesto General de la Nación, regalías, recursos propios territoriales, cooperación internacional y otras fuentes.
Conclusión
El Decreto 0638 de 2025 consolida un marco normativo integral para la protección de las y los exintegrantes de las FARC-EP y sus familias, en sintonía con el compromiso estatal de garantizar la seguridad humana y el derecho a la paz. A través de la coordinación interinstitucional, el enfoque diferencial y la participación activa de la población beneficiaria, se busca fortalecer la paz estable y duradera en Colombia, facilitando la reincorporación y el ejercicio de la política en condiciones de seguridad y dignidad.
Su entrada en vigencia es inmediata tras su publicación, y representa un paso esencial para la implementación plena y efectiva del Acuerdo Final de Paz, en consonancia con las decisiones de la Jurisdicción Especial para la Paz y la Corte Constitucional, así como con los compromisos internacionales asumidos por el Estado colombiano. Este decreto reafirma el compromiso del Gobierno Nacional con la construcción de una paz estable y duradera, proponiendo un marco de protección que contribuya a la reconciliación y la convivencia pacífica en el país.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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