La DIAN amplía el plazo para que Organismos de Acción Comunal reporten información en el Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB)
Proviene de: Proyectos de Resolución
16 de junio de 2025 16:21:45
Propósito general del proyecto de resolución
La DIAN propone modificar el parágrafo del artículo 10 de la Resolución 000164 del 27 de diciembre de 2021, que regula el suministro de información en el Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB) para los Organismos de Acción Comunal. Esta modificación busca extender el plazo para que estas entidades presenten la información requerida, atendiendo a las circunstancias particulares que dificultan el cumplimiento oportuno de esta obligación.
Objetivo principal y grupos afectados
El proyecto tiene como objetivo principal facilitar el cumplimiento de la obligación de reportar los beneficiarios finales por parte de los Organismos de Acción Comunal, optimizando la transparencia y actualización de la información en el RUB. La ampliación del plazo beneficia directamente a estas organizaciones, especialmente aquellas ubicadas en zonas rurales y periféricas, que enfrentan retos relacionados con la conectividad y acceso a herramientas tecnológicas.
Nuevas disposiciones y mecanismos introducidos
El proyecto modifica el plazo establecido para el suministro inicial de información en el RUB. Según el nuevo texto, los Organismos de Acción Comunal constituidos hasta el 30 de noviembre de 2025 deberán suministrar la información a más tardar el 31 de enero de 2026. Para las entidades constituidas a partir del 1 de diciembre de 2025, el plazo será de dos meses contados desde la inscripción en el Registro Único Tributario (RUT). Este ajuste busca brindar un margen adicional para que las organizaciones puedan cumplir con esta obligación mediante los sistemas informáticos de la DIAN.
Acciones y regulaciones específicas propuestas
La resolución establece que el suministro de información deberá realizarse de manera electrónica a través de los sistemas informáticos de la DIAN. Además, se mantiene la obligación de proporcionar datos actualizados a la fecha en que se efectúa el reporte. A lo largo de los últimos años, la DIAN ha implementado campañas de capacitación y facilitación para apoyar a los Organismos de Acción Comunal en este proceso; sin embargo, persisten dificultades en la cobertura de internet y en la disponibilidad de canales presenciales en zonas con problemas de orden público.
Impacto esperado y relevancia estratégica
La ampliación del plazo impacta positivamente en la gestión de la información tributaria y de control, al permitir que los Organismos de Acción Comunal puedan cumplir con el reporte de beneficiarios finales de forma adecuada y sin presiones indebidas. Esto contribuye a fortalecer la transparencia y la lucha contra la evasión y el lavado de activos, objetivos estratégicos alineados con la normativa fiscal y aduanera nacional. Asimismo, este ajuste reconoce las particularidades y limitaciones de las organizaciones comunitarias, promoviendo un cumplimiento más efectivo y equitativo.
Actores clave y alcance de la implementación
La medida fue discutida en mesas de trabajo interinstitucionales que involucraron a delegados del Ministerio del Interior, representantes de la Confederación Nacional de Juntas de Acción Comunal y funcionarios de la DIAN. La participación activa de estos actores permitió identificar las dificultades concretas que enfrentan las organizaciones de base y acordar una solución viable. La resolución aplicará a todos los Organismos de Acción Comunal obligados a reportar en el RUB, abarcando tanto a las ya constituidas como a las nuevas que se inscriban en el RUT.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
Más noticias sobre Derecho Tributario
No se encontraron sugerencias
La DIAN amplía el plazo para que Organismos de Acción Comunal reporten información en el Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB)