Resolución conjunta de los Ministerios de Hacienda y Minas y Energía establece nuevo ingreso al productor del ACPM desde junio de 2025
Resolución conjunta de los Ministerios de Hacienda y Minas y Energía establece nuevo ingreso al productor del ACPM desde junio de 2025
Proviene de: Resoluciones
18 de junio de 2025 18:42:29
Entidades emisoras, fecha y número de la resolución
La Resolución 40264 de 2025 fue expedida de manera conjunta por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Ministerio de Minas y Energía, y publicada en el Diario Oficial número 53.152 el 17 de junio de 2025. La decisión fue tomada el 11 de junio de 2025 y representa una actualización relevante dentro del marco regulatorio del sector de combustibles líquidos derivados del petróleo.
Tema principal y destinatarios
El asunto central de esta resolución es la fijación del ingreso al productor del combustible fósil ACPM (Aceite Combustible para Motores), un componente clave dentro de la estructura de precios del mercado regulado de combustibles líquidos. El destinatario principal son los productores y distribuidores de ACPM en Colombia, así como los agentes vinculados a la cadena logística, comercialización y distribución del combustible para motores diésel.
Este grupo es relevante porque su actividad impacta directamente en el abastecimiento nacional de combustible, la estabilidad de precios y la prestación continua del servicio público de distribución, que afecta tanto a consumidores finales como a sectores productivos que dependen del ACPM.
Objetivo y finalidad de la resolución
La resolución tiene como finalidad establecer un valor actualizado para el ingreso al productor del ACPM, que reconozca el costo de oportunidad de la distribución de este combustible en el país. Además, busca incorporar los efectos de las recientes modificaciones normativas y asegurar la prestación continua y eficiente del servicio público de distribución de combustibles líquidos derivados del petróleo.
En términos prácticos, se trata de garantizar que el monto remunerado al productor por galón de ACPM refleje condiciones justas y sostenibles para la cadena productiva, contribuyendo a la estabilidad del mercado regulado y a la correcta aplicación de políticas públicas sobre precios y subsidios.
Decisiones y regulaciones contenidas en la resolución
La principal decisión adoptada es la fijación del ingreso al productor del ACPM en $5.599,31 por galón, valor que se aplicará uniformemente en todas las zonas del país, independientemente del porcentaje de mezcla con biocombustibles para uso en motores diésel. Esto establece un criterio homogéneo para la remuneración del productor, facilitando la regulación y control del mercado.
Además, la resolución deroga expresamente la Resolución número 40198 del 6 de mayo de 2025, que contenía disposiciones anteriores sobre el ingreso al productor del ACPM. Esta actualización responde a la necesidad de ajustar las tarifas conforme a las condiciones del mercado y a los cambios legales recientes.
Finalmente, la norma establece que su vigencia inicia el 17 de junio de 2025, garantizando así un plazo para su implementación y comunicación a los agentes del sector.
Base legal y contexto normativo
La resolución se fundamenta principalmente en el artículo 1º de la Ley 26 de 1989, que otorga al Gobierno la facultad de regular precios, márgenes y otros aspectos que influyen en la prestación del servicio público de distribución de combustibles derivados del petróleo.
Asimismo, se apoya en el artículo 35 de la Ley 1955 de 2019, modificado por el artículo 244 de la Ley 2294 de 2023, que establece la competencia conjunta de los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Minas y Energía para definir la metodología del cálculo del ingreso al productor, así como las tarifas y márgenes asociados a la cadena de comercialización.
Estas normas buscan asegurar la eficiencia, progresividad y focalización en la regulación de precios y subsidios, implementados a través del Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC).
Impacto potencial de la resolución
La fijación del ingreso al productor del ACPM tiene un impacto directo en la estructura de costos de la cadena de suministro de combustibles fósiles en Colombia. Al establecer un valor claro y uniforme, se busca equilibrar los intereses de los productores con la necesidad de mantener precios estables y accesibles para los consumidores.
Este ajuste puede influir en la dinámica del mercado regulado, afectando a sectores industriales, de transporte y a los usuarios finales que dependen del ACPM para sus actividades diarias. Además, la resolución contribuye a la transparencia y predictibilidad en la política de precios de los combustibles, aspectos clave para la confianza de inversionistas y operadores del sector.
En definitiva, esta regulación es un paso importante para adaptar la política pública a las condiciones actuales del mercado y a las normativas vigentes, garantizando la continuidad y eficiencia del servicio público de distribución de combustibles fósiles en Colombia.
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Para consultar la Resolución 40264 de 2025 completa, puede acceder al Diario Oficial No. 53.152 publicado el 17 de junio de 2025.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.