Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO ECOSISTEMA

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2026, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Consejo de Estado anula parte del decreto 644 de 2021 sobre distribución de transferencias del sector eléctrico

Proviene de: Sentencias

19 de junio de 2025 21:25:20

Contexto y alcance de la decisión

El fallo del Consejo de Estado responde a una demanda promovida contra el artículo 2 del Decreto 644 de 2021, expedido por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, que busca reglamentar la distribución de las transferencias del sector eléctrico (TSE) derivadas de la generación hidroeléctrica. Los demandantes, entre ellos una asociación de corporaciones autónomas regionales, alegaban que la norma omitía incluir el criterio de conservación de páramos en la fórmula de reparto para Parques Nacionales Naturales, vulnerando principios constitucionales y la cosa juzgada constitucional establecida en sentencia de la Corte Constitucional.

Distribución de las transferencias y omisión del criterio ambiental

El artículo 45 de la Ley 99 de 1993, modificado por la Ley 1930 de 2018, establece que el 3% de las ventas brutas de energía hidroeléctrica debe destinarse a Corporaciones Autónomas Regionales o Parques Nacionales Naturales que tengan jurisdicción en la cuenca hidrográfica y área de influencia del proyecto, y que además los recursos deben ser asignados “para la conservación de páramos en las zonas donde existieren”. Sin embargo, el Decreto 644 de 2021 reguló la distribución sin incluir expresamente este último criterio, lo que implica un ejercicio defectuoso de la potestad reglamentaria. El Consejo de Estado concluyó que la norma reglamentaria no contempló en su integralidad los criterios legales para la distribución de los recursos, en particular el relacionado con la conservación de los páramos, ecosistemas fundamentales para la protección de las fuentes hídricas. Esto afecta la destinación adecuada de los recursos para la protección ambiental y el cumplimiento de las...

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Medio Ambiente

No se encontraron sugerencias