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Consejo de Estado confirma rechazo a devolución parcial de saldo a favor en impuesto de renta

Proviene de: Sentencias

19 de junio de 2025 21:6:12

El Consejo de Estado, en sentencia de segunda instancia, resolvió un recurso de apelación interpuesto contra la decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que desestimó las pretensiones de una sociedad demandante relacionadas con la devolución de un saldo a favor en la declaración del impuesto sobre la renta del año gravable 2017.

Antecedentes del caso

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) rechazó la solicitud de devolución de un saldo a favor por valor de COP $513.541.000 correspondiente a la declaración de renta de 2017. La sociedad interpuso recurso de reconsideración, el cual fue resuelto por la Subdirección de Gestión de Recursos Jurídicos de la DIAN, confirmando el rechazo. Posteriormente, la parte demandante acudió a la jurisdicción contencioso-administrativa solicitando la nulidad de los actos administrativos que negaron la devolución y el restablecimiento del derecho para obtener el pago del saldo a favor y los intereses moratorios correspondientes.

Competencia para resolver el recurso

Se analizó la competencia para resolver el recurso de reconsideración. Aunque el artículo 560 del Estatuto Tributario establece que cuando la cuantía de un acto sea igual o superior a 2.000 UVT y menor a 20.000 UVT, la competencia corresponde a las direcciones seccionales de impuestos de la capital del departamento, la estructura funcional vigente al momento de los hechos (Decreto 4048 de 2008) asignó a la Subdirección de Gestión de Recursos Jurídicos la competencia para resolver recursos contra actos cuya competencia no estuviera asignada expresamente a otra dependencia. Por ello, se concluyó que la Subdirección de Gestión de Recursos Jurídicos de la DIAN fue competente para...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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