Consejo de Estado confirma sanción por imputación improcedente en impuesto CREE 2015 a Cerrejón Zona Norte S.A.
Proviene de: Sentencias
19 de junio de 2025 21:6:17
Antecedentes y contexto del caso
Cerrejón Zona Norte S.A. presentó la declaración del impuesto sobre la renta para la equidad – CREE correspondiente al año 2015, liquidando un saldo a favor que fue imputado en la declaración del periodo siguiente. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) realizó una liquidación oficial de revisión en 2018, determinando un mayor impuesto y disminuyendo el saldo a favor, además de imponer una sanción por inexactitud. Posteriormente, la DIAN inició un procedimiento sancionatorio e impuso una sanción del 20% sobre el valor imputado por devolución, compensación o imputación improcedente.
Cerrejón Zona Norte S.A. interpuso demanda de nulidad y restablecimiento del derecho, alegando que la sanción fue impuesta sin que los actos administrativos de determinación hubieran adquirido firmeza, vulnerando principios constitucionales como el de legalidad y el principio de lesividad, que exige demostración de daño al Estado para sancionar. También argumentó que la imposición de la sanción mientras el asunto estaba en discusión ante la jurisdicción contencioso administrativa constituía desviación de poder.
Decisión del Tribunal y recurso de apelación
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó las pretensiones de la demanda, fundamentándose en que las devoluciones o imputaciones de saldos a favor son susceptibles de revisión por la Administración, y que la sanción puede imponerse una vez notificada la liquidación oficial de revisión, sin requerir la firmeza del acto de determinación. Además, sostuvo que los procesos de determinación y sancionatorio son autónomos y que no existió violación al principio de legalidad ni de lesividad.
Cerrejón Zona Norte S.A. apeló esta decisión, reiterando su argumento de que la sanción no podía imponerse sin la ejecución firme de la liquidación oficial, advirtiendo que la sanción afecta la valoración del riesgo tributario y otros permisos especiales otorgados por la DIAN.
Pronunciamiento del Consejo de Estado
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado confirmó que, según la jurisprudencia, la sanción por imputación improcedente puede imponerse tras la notificación de la liquidación oficial de revisión que rechaza o modifica el saldo a favor, sin necesidad de que el acto haya adquirido firmeza. Esto se debe a que los procedimientos sancionatorios y de determinación son autónomos y buscan diferentes fines.
No obstante, el resultado definitivo del proceso de determinación puede afectar el monto de la sanción, por lo que la decisión final sobre el impuesto debe reflejarse en el cálculo sancionatorio. En el caso concreto, la sentencia definitiva del proceso de determinación modificó el saldo a favor y la sanción por inexactitud, motivo por el cual la Sala ordenó modificar el monto de la sanción por imputación improcedente.
En consecuencia, se declaró la nulidad parcial de las resoluciones sancionatorias y se ordenó a Cerrejón Zona Norte S.A. reintegrar la suma de $134.792.000 junto con los intereses moratorios correspondientes. No hubo condena en costas por falta de prueba suficiente.
Impacto y conclusiones
Esta sentencia reafirma la autonomía y la independencia de los procedimientos administrativos sancionatorios y de determinación tributaria, así como la posibilidad de imponer sanciones por imputación improcedente sin que el acto de determinación haya adquirido firmeza. Sin embargo, establece que el fallo definitivo en el proceso de determinación debe influir en el monto de la sanción, garantizando así la justicia tributaria.
Este pronunciamiento es relevante para contribuyentes y funcionarios públicos, pues clarifica los alcances y límites en la imposición de sanciones tributarias relacionadas con saldos a favor en la declaración del impuesto sobre la renta para la equidad – CREE. Además, destaca la importancia de respetar los procedimientos administrativos y el debido proceso en el ejercicio de las funciones fiscales, promoviendo un sistema tributario más justo y transparente para todas las partes involucradas.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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