Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirma prórroga de suspensión provisional a empleado judicial en Pasto
Proviene de: Sentencias
19 de junio de 2025 21:6:32
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, conoció en grado de consulta la decisión adoptada por la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Nariño, que prorrogó la suspensión provisional sin derecho a remuneración, por tres meses, de un escribiente vinculado al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto.
Origen de la medida disciplinaria
Esta medida disciplinaria se originó tras una queja que denunció al funcionario por presuntamente ejercer la profesión de abogado de manera irregular, además de solicitar sumas de dinero a familiares de un condenado por un delito relacionado con hidrocarburos, con el fin de gestionar su libertad o prisión domiciliaria. Pese a los pagos realizados, no se obtuvo el resultado esperado y se solicitó la devolución del dinero, la cual no se cumplió. La actuación disciplinaria evidenció que el funcionario no ostentaba calidad de abogado y que, aprovechando su cargo, habría comprometido la administración de justicia de forma irregular.
Motivos para la prórroga de la suspensión
La suspensión provisional inicial fue decretada para evitar que el funcionario accediera a información privilegiada y ofreciera gestiones ilegales a terceros. La prórroga de esta medida se fundamentó en que las razones que motivaron la suspensión permanecen vigentes. En particular, se consideró que la permanencia del empleado en el cargo podría facilitar la continuación o reiteración de las conductas investigadas, dada su posición que le permite acceder a información judicial y mantener contactos dentro de la Rama Judicial.
Garantías procesales y naturaleza de la medida
El proceso cumplió con las garantías procesales, incluyendo la motivación de la medida, el derecho a presentar alegaciones y pruebas, y la revisión en sede de consulta. La Comisión Nacional destacó que la suspensión provisional es una medida preventiva, no sancionatoria, que no prejuzga la responsabilidad disciplinaria del funcionario.
Decisión final
Con base en estos elementos, la Comisión confirmó la prórroga de la suspensión provisional por tres meses adicionales, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 217 de la Ley 1952 de 2019. Contra esta decisión no procede recurso alguno, y se ordenó remitir la actuación al despacho de origen para los trámites correspondientes. De esta manera, se garantiza la transparencia y el correcto funcionamiento de la administración de justicia en el Distrito Judicial de Pasto, reafirmando el compromiso con la integridad y la ética en el servicio público judicial.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
Más noticias sobre Derecho Penal
No se encontraron sugerencias
Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirma prórroga de suspensión provisional a empleado judicial en Pasto