Ministerio de Salud establece nuevo procedimiento de cobro para servicios de salud en accidentes de tránsito con SOAT de rango diferencial
Proviene de: Proyectos de Resolución
20 de junio de 2025 17:14:22
Propósito y objetivo principal del proyecto de resolución
El Ministerio de Salud y Protección Social ha dado a conocer un proyecto de resolución que tiene como propósito general establecer un procedimiento claro y eficiente para el cobro que deben aplicar los Prestadores de Servicios de Salud ante las aseguradoras autorizadas para operar el ramo del SOAT, así como ante la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES). Este procedimiento está dirigido a los servicios de salud prestados a víctimas de accidentes de tránsito cubiertos bajo pólizas de SOAT con rango diferencial por riesgo.
El objetivo principal de esta iniciativa es optimizar el proceso de radicación, reconocimiento y pago de las reclamaciones correspondientes a dichos servicios, garantizando la integralidad en la atención de las víctimas y asegurando la continuidad del flujo de recursos financieros. Con ello, se busca favorecer tanto a los prestadores de servicios de salud de mediana y alta complejidad como a las aseguradoras y a la misma ADRES, fortaleciendo la protección del derecho fundamental a la salud.
Nuevas disposiciones y mecanismos introducidos
El proyecto introduce varias disposiciones y mecanismos innovadores para mejorar el manejo de las reclamaciones. Entre ellos destaca que los prestadores de servicios de salud de mediana y alta complejidad deberán radicar ante la aseguradora SOAT una factura que incluya el valor total de los servicios prestados a la víctima del accidente de tránsito, acompañada de los soportes técnicos exigidos por la normativa vigente, incluyendo el Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud (RIPS) validado por el mecanismo único dispuesto por el Ministerio.
Además, se establece que la aseguradora deberá realizar una revisión en orden cronológico de los servicios facturados y reconocer el pago hasta el límite de cobertura definido en 1.134,32 Unidades de Valor Básico (UVB) para el año 2025, informando al prestador sobre los servicios que no serán reconocidos y las causales de glosa u objeción. En caso de que existan glosas consideradas subsanables, el prestador podrá ajustar su factura y presentarla ante la ADRES para el pago del excedente, garantizando así la integralidad financiera del proceso.
Se prevé también la expedición obligatoria de notas crédito para los valores no reconocidos por la aseguradora, con validación de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), para facilitar la transparencia y trazabilidad en las transacciones. La aseguradora tiene un plazo máximo de cinco días hábiles para efectuar el pago correspondiente a los valores no objetados, mediante transferencia electrónica.
Acciones y regulaciones específicas
El proyecto modifica y actualiza artículos de resoluciones previas, estableciendo requisitos claros para la presentación de reclamaciones, incluyendo la obligación de adjuntar el certificado de reconocimiento emitido por la aseguradora SOAT, que debe contener el detalle de los servicios reconocidos, valor en UVB y justificaciones de objeciones.
Asimismo, se actualizan los soportes necesarios para las reclamaciones ante la ADRES, especificando documentos como resúmenes de atención, historia clínica, facturas electrónicas, entre otros, todo ello en concordancia con la normativa vigente. Se elimina la necesidad de autorización previa de la ADRES para la prestación de servicios de salud relacionados con estas reclamaciones, agilizando el proceso.
El procedimiento contempla plazos claros para la revisión y pago tanto por parte de las aseguradoras SOAT como de la ADRES, con el fin de evitar retrasos que puedan afectar la continuidad y oportunidad en la atención de las víctimas.
Impacto esperado y relevancia para el sector salud
El impacto esperado de esta resolución es significativo para el sistema de salud y la población afectada por accidentes de tránsito. Al establecer un procedimiento eficiente y transparente para el cobro y pago de servicios de salud dentro del marco del SOAT con rango diferencial, se garantiza la continuidad, integralidad y oportunidad en la atención de las víctimas.
Este mecanismo promueve además una mejor gestión financiera para los prestadores de servicios de salud, evitando retrasos en los pagos que dificultan la operación y prestación continua de servicios. Asimismo, contribuye a la correcta administración de los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, fortaleciendo el cumplimiento de los principios constitucionales y legales que rigen el derecho fundamental a la salud.
Actores clave y beneficiarios
El proyecto involucra a diversos actores dentro del sistema de salud colombiano. Los principales beneficiados serán:
- Los prestadores de servicios de salud de mediana y alta complejidad, quienes contarán con un procedimiento claro para la facturación y cobro de los servicios prestados a víctimas de accidentes de tránsito.
- Las aseguradoras autorizadas para operar el ramo SOAT, que tendrán un marco normativo más definido para la revisión y pago de reclamaciones, facilitando la gestión administrativa.
- La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES), que podrá ejercer un mejor control y administración de los recursos destinados a la atención de estos eventos.
- Finalmente, las víctimas de accidentes de tránsito, quienes verán reforzada la garantía de su derecho a la salud mediante procedimientos que aseguran la integralidad y oportunidad en la prestación de servicios.
Conclusión
El proyecto de resolución del Ministerio de Salud y Protección Social representa un avance importante en la regulación del procedimiento de cobro y pago de servicios de salud relacionados con víctimas de accidentes de tránsito cubiertos por pólizas SOAT con rango diferencial. A través de la implementación de mecanismos claros y eficientes, se busca asegurar la protección del derecho fundamental a la salud, mejorar la gestión financiera y fortalecer la integralidad y oportunidad en la atención.
Esta iniciativa, al involucrar a los principales actores del sistema, promete un impacto positivo en la calidad y sostenibilidad del servicio público esencial de salud en Colombia, contribuyendo al cumplimiento de los objetivos estratégicos en materia sanitaria y social.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.