Consejo de Estado ordena devolución parcial de aportes parafiscales pagados en exceso por la Contraloría General de la República
Proviene de: Sentencias
27 de junio de 2025 20:46:53
Contexto y antecedentes del caso
La Contraloría General de la República solicitó al ICBF la devolución de aportes parafiscales correspondientes a los años 2015, 2016 y 2017, argumentando un pago en exceso. El ICBF negó dichas solicitudes mediante la Resolución No. 964 del 4 de junio de 2021 y confirmó esta decisión a través de la Resolución No. 1300 del 15 de julio de 2021, requiriendo además el pago de valores adeudados según una liquidación interna. La Contraloría presentó demanda de nulidad y restablecimiento del derecho contra estas decisiones, señalando falta de motivación y errores en la base de cálculo, especialmente en cuanto al carácter salarial del quinquenio y otras prestaciones sociales.
Decisión de primera instancia
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca declaró la nulidad parcial de la Resolución No. 964 y la nulidad total de la Resolución No. 1300 por insuficiente motivación y falta de sustento legal. Ordenó al ICBF la devolución de una suma específica correspondiente a mayores pagos probados, mientras que negó otras pretensiones debido a la falta de pruebas suficientes.
Análisis y fallo del Consejo de Estado
En el recurso de apelación, el ICBF no presentó argumentos concretos para modificar la sentencia de primera instancia, limitándose a afirmar que su actuación estuvo ajustada a derecho. Por tanto, la Sala negó su apelación. Por otro lado, la Contraloría pidió un análisis más amplio sobre la naturaleza salarial de ciertos pagos, lo cual fue desestimado por tratarse de un argumento nuevo no presentado oportunamente.
La Sala recordó que la competencia para determinar definitivamente los aportes parafiscales corresponde a la UGPP, y que la liquidación interna del ICBF carece de carácter definitivo y no es susceptible de control judicial en este proceso. Se confirmó la nulidad parcial de las resoluciones impugnadas y se ordenó la devolución de la suma determinada por el Tribunal, conforme a la motivación adecuada y la prueba aportada.
Impacto y aspectos relevantes
Esta sentencia reafirma la necesidad de que las entidades administrativas fundamenten claramente sus decisiones, especialmente en procesos de fiscalización y devolución de aportes parafiscales. Además, delimita la competencia del ICBF en materia de determinación oficial de aportes, reservando dicha función para la UGPP.
La decisión afecta a la Contraloría General de la República y al ICBF, y regirá a partir de la notificación de la providencia. En términos prácticos, la Contraloría podrá recuperar una parte de los valores pagados en exceso, mientras que el resto de las obligaciones y controversias deberán resolverse en los procesos correspondientes ante la UGPP.
La Sala no impuso condena en costas debido a la falta de prueba de su causación. Esta resolución contribuye a aclarar el procedimiento administrativo aplicable en materia de aportes parafiscales y los límites del control judicial sobre actos administrativos conexos, fortaleciendo la seguridad jurídica en este ámbito y garantizando el respeto a los derechos de las entidades involucradas.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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