El Consejo de Estado, en sesión del 29 de mayo de 2025, resolvió un recurso de apelación interpuesto contra el auto del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que había rechazado una demanda presentada contra inscripciones y anotaciones ordenadas por el Ministerio de Transporte en el Registro Nacional de Despachos de Carga (RNDC) y el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT). La demanda cuestiona la legalidad de la anotación de “registro inicial con omisiones” y el Certificado de Normalización expedido para un vehículo de carga.
Antecedentes y pretensiones
La demanda fue interpuesta en ejercicio del medio de control previsto en el artículo 138 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), solicitando la nulidad de las inscripciones en el RNDC y la declaración de nulidad del Certificado de Normalización que subsanó las omisiones en el registro inicial del vehículo. Además, se pidió el restablecimiento del derecho con el levantamiento de prohibiciones y la condena del Ministerio de Transporte a pagar indemnizaciones por daños y perjuicios derivados de la imposibilidad de prestar el servicio público de transporte terrestre de carga. Rechazo inicial y subsanación
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca inadmitió inicialmente la demanda por defectos relacionados con la individualización de los actos administrativos demandados, la adecuación del poder conferido al apoderado, la claridad en la exposición del derecho subjetivo protegido, la falta de copias de los actos acusados y la constancia de notificación, así como la ausencia de envío simultáneo de la demanda y anexos a la entidad demandada. Sin embargo, mediante recurso de apelación, la parte actora argumentó que...Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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