Consejo de Estado revoca sanción por desacato impuesta a director del Invías y ordena nuevo trámite contra el actual director
Proviene de: Sentencias
28 de junio de 2025 1:13:27
Antecedentes del caso y orden judicial
En ejercicio de la acción popular, se presentó demanda contra el Invías y otras entidades por las condiciones de inseguridad de la vía Los Curos – Málaga, afectando derechos colectivos relacionados con la seguridad pública, el goce del espacio público y la defensa del patrimonio público. En 2017, el Tribunal Administrativo de Santander amparó estos derechos y ordenó al Invías formular un proyecto de gestión del riesgo, pavimentar la vía y construir un paso peatonal seguro, entre otras medidas.
El Consejo de Estado modificó y adicionó la sentencia, incluyendo la creación de un comité para verificar el cumplimiento de las órdenes y la realización de mesas técnicas mensuales con participación de alcaldes y el Invías para garantizar avances en la pavimentación.
Cumplimiento y trámite incidental de desacato
El Tribunal Administrativo de Santander inició un trámite incidental por desacato debido al incumplimiento de las sentencias y requerimientos judiciales. En enero de 2025, sancionó con multa al director general del Invías en ese momento por incumplimiento, ordenando además la realización de mesas técnicas para verificar avances en la vía.
Sin embargo, el director sancionado ya no ejercía el cargo al momento de la decisión, y el actual director asumió funciones posteriormente. Por ello, el Consejo de Estado analizó si era procedente mantener la sanción impuesta.
Consideraciones jurídicas y decisión del Consejo de Estado
El artículo 41 de la Ley 472 de 1998 establece que la sanción por desacato es personal y no institucional, recayendo sobre la persona responsable del incumplimiento. Además, la sanción debe estar precedida por un debido proceso respetando garantías como la publicidad y contradicción.
La Sala señaló que la sanción debe dirigirse a quien tenga la capacidad real y efectiva de cumplir la orden judicial. En este caso, el director sancionado ya no representaba al Invías ni tenía competencia para cumplir las órdenes, por lo que la multa impuesta carecía de efectividad para lograr el amparo de los derechos colectivos.
Por lo tanto, el Consejo de Estado revocó la sanción por desacato impuesta y ordenó al Tribunal Administrativo de Santander abrir un nuevo trámite contra el director actual del Invías, garantizando el debido proceso.
Impacto y seguimiento
Esta decisión reafirma el carácter personal de la sanción por desacato y la necesidad de dirigirla solo a quienes tengan poder real para cumplir las sentencias. Además, subraya la importancia de un seguimiento riguroso y transparente en la ejecución de órdenes judiciales en procesos de protección de derechos colectivos.
El Tribunal Administrativo de Santander deberá continuar con la supervisión del cumplimiento de las órdenes, garantizando la participación del comité de verificación y los informes mensuales sobre los avances en la pavimentación y solución de puntos críticos en la vía Los Curos – Málaga, con el fin de asegurar la seguridad y el bienestar de las comunidades afectadas.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias
Consejo de Estado revoca sanción por desacato impuesta a director del Invías y ordena nuevo trámite contra el actual director