Ministerio de Relaciones Exteriores propone modificaciones al régimen de visas preferenciales
Proviene de: Proyectos de Decreto
1 de julio de 2025 13:33:7
Contexto y referencia normativa
El proyecto de decreto, anunciado recientemente por el Ministerio de Relaciones Exteriores, busca modificar y complementar el régimen de visas preferenciales vigente en Colombia, regulado en el Decreto Único Reglamentario 1067 de 2015. Esta normativa establece las condiciones para la expedición de visas diplomáticas, oficiales y de servicio a funcionarios extranjeros acreditados ante el Estado colombiano.
La iniciativa responde a la necesidad de mejorar la eficiencia administrativa y la seguridad jurídica en el otorgamiento de estas visas, que son esenciales para garantizar el estatus migratorio adecuado de los agentes diplomáticos, consulares y funcionarios internacionales acreditados en el país. La propuesta fue elaborada en el marco de las facultades legales conferidas al Presidente de la República y al Ministerio de Relaciones Exteriores, en particular las contenidas en el artículo 189 de la Constitución Política y el Decreto 869 de 2016.
Propósito principal y grupos afectados
El propósito central del proyecto es ampliar la vigencia de las visas preferenciales de dos a cuatro años, racionalizando así los procesos de renovación que actualmente generan una carga administrativa significativa tanto para el Ministerio de Relaciones Exteriores como para las misiones diplomáticas, oficinas consulares y organizaciones internacionales con sede en Colombia.
Los beneficiarios directos de estas modificaciones son los funcionarios extranjeros debidamente acreditados ante la Dirección de Protocolo del Ministerio, incluidos los miembros de sus familias y el personal de servicio a su cargo. La medida busca ofrecer mayor estabilidad y previsibilidad a estos grupos, ajustando la reglamentación a la duración real de las misiones y actividades que desempeñan en el territorio nacional.
Modificaciones y nuevas disposiciones
Entre las principales modificaciones propuestas destacan:
- Ampliación de la vigencia de las visas preferenciales: Las visas diplomáticas, oficiales y de servicio pasarán a expedirse por un término de hasta cuatro años, con renovaciones posibles por períodos de dos años, en lugar de la vigencia actual de dos años para las visas oficiales y de servicio.
- Fortalecimiento del control de la Dirección de Protocolo: Se establece que esta dependencia será la única facultada para otorgar visas preferenciales en sus tres categorías. Además, se elimina la facultad de los jefes de misiones diplomáticas para expedir visas provisionales sin autorización previa, lo que garantizará una mayor trazabilidad y coherencia en el proceso.
- Incorporación expresa del principio de reciprocidad: Para expedir visas preferenciales con vigencias superiores a las establecidas, será necesario que la misión diplomática interesada lo solicite formalmente y que la Dirección de Protocolo confirme que los funcionarios colombianos reciben un trato equivalente en el país de origen. Este criterio, basado en el Derecho Internacional, asegura un trato equitativo y simétrico entre Estados.
- Extensión del periodo de permanencia posterior a la finalización de la misión: Se amplía de treinta a sesenta días el tiempo permitido para que los funcionarios técnicos, administrativos y de servicio permanezcan en el país tras concluir su misión, igualando el plazo ya reconocido para funcionarios diplomáticos. Esta medida busca garantizar condiciones más justas y uniformes sin afectar el control migratorio.
- Clarificación sobre la prohibición de percibir salarios: Se mantiene que los titulares de visa preferencial de servicio no podrán recibir remuneración de entidades colombianas, públicas o privadas, salvo excepciones previstas en tratados internacionales.
Acciones establecidas en el proyecto
El proyecto establece que la Dirección de Protocolo será la entidad encargada de tramitar, estudiar y autorizar todas las solicitudes de visas preferenciales. Las visas podrán ser expedidas provisionalmente en el exterior con autorización expresa de esta dependencia, y su vigencia provisional no podrá exceder los noventa días.
Asimismo, se define con claridad quiénes son beneficiarios de cada tipo de visa preferencial: diplomáticos, sus familias y personal acreditado; funcionarios en misión oficial o especial; y personal técnico, administrativo o de servicio en misiones diplomáticas, oficinas consulares u organizaciones internacionales.
Adicionalmente, se introduce la posibilidad de otorgar visas preferenciales oficiales al cónyuge, compañero permanente y parientes de primer grado de los funcionarios en misión oficial, siempre que convivan con ellos y dependan económicamente.
Participación de actores clave
La implementación y supervisión del régimen modificado recaerá principalmente en la Dirección de Protocolo del Ministerio de Relaciones Exteriores, que tendrá un papel fortalecido como única autoridad facultada para la expedición y control de visas preferenciales.
Por otro lado, las misiones diplomáticas, oficinas consulares y organizaciones internacionales acreditadas en Colombia serán actores esenciales en la solicitud y gestión de estas visas dentro del marco de las nuevas disposiciones. La coordinación entre estas entidades y la Dirección de Protocolo será fundamental para garantizar la eficiencia y seguridad del proceso migratorio.
Información adicional y participación ciudadana
El proyecto de decreto se encuentra en etapa de publicación oficial para su conocimiento público. La ciudadanía y los actores interesados podrán acceder al texto completo a través de los canales oficiales del Ministerio de Relaciones Exteriores y el Diario Oficial.
Aunque en el documento no se especifica un periodo formal para enviar comentarios, se recomienda a los interesados estar atentos a posibles convocatorias para la participación ciudadana y observaciones durante la fase de consulta pública, que suelen realizarse en estos procesos normativos.
Conclusión
Este proyecto de decreto representa un esfuerzo por modernizar y optimizar el régimen de visas preferenciales en Colombia, alineando la normativa con las prácticas internacionales y las necesidades operativas actuales. La ampliación de la vigencia de las visas, el fortalecimiento del control institucional y la incorporación del principio de reciprocidad constituyen avances significativos para garantizar un marco jurídico más eficiente, coherente y justo en materia migratoria diplomática.
Con estas modificaciones, el Estado colombiano reafirma su compromiso con una diplomacia moderna y efectiva, facilitando el desempeño de funciones oficiales de manera segura y ordenada, en beneficio tanto de los funcionarios extranjeros como de la administración pública nacional. Estas reformas contribuirán a una gestión migratoria más ágil y transparente, fortaleciendo las relaciones internacionales y el respeto a los tratados y convenios que Colombia mantiene con otros países.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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