ICETEX propone política de condonación parcial por compensación social
Proviene de: Proyectos de Acuerdo
1 de julio de 2025 19:25:48
Tipo y contexto del acuerdo
El presente proyecto de acuerdo es un instrumento interno adoptado por la Junta Directiva del ICETEX, entidad financiera especial vinculada al Ministerio de Educación Nacional, con fecha de junio de 2025. En caso de ser firmado, este acuerdo establecería una política integral destinada a la condonación parcial del capital adeudado por beneficiarios de créditos educativos otorgados con recursos propios de ICETEX, bajo el principio de compensación social.
Esta iniciativa se enmarca en disposiciones legales nacionales, entre ellas la Ley 1002 de 2005, que regula la naturaleza y objeto del ICETEX, y la Ley 2294 de 2023, que autoriza expresamente a esta entidad para implementar políticas de alivios e incentivos crediticios, incluyendo condonaciones parciales por diversas causas sociales y académicas.
Objeto y finalidad del acuerdo
El objeto fundamental del proyecto de acuerdo es adoptar formalmente la Política de Condonación Parcial de Capital por Compensación Social para los beneficiarios de créditos educativos administrados por el ICETEX. La finalidad es reconocer y premiar a aquellos estudiantes que, además de cumplir con sus obligaciones crediticias, han generado un impacto social positivo y verificable en diversas áreas del país.
El beneficio consistiría en la condonación del 25% del saldo de capital de los créditos en etapa de amortización y que estén al día en sus pagos, siempre que se trate de créditos otorgados con recursos propios de ICETEX. Se pretendería así aliviar la carga financiera de los usuarios, incentivar su compromiso social y académico, y contribuir al acceso y permanencia en la educación superior con criterios de equidad territorial y sostenibilidad financiera.
Ámbito de aplicación y población objetivo
La política estaría dirigida a los beneficiarios de créditos educativos de pregrado otorgados con recursos propios del ICETEX, que se encuentren en la etapa de amortización y con pagos al día. Se excluyen créditos en etapa de estudios, créditos para sostenimiento, posgrados, créditos con recursos de terceros (fondos en administración o alianzas estratégicas), créditos morosos, y aquellos que ya hayan recibido condonaciones por otros conceptos diferentes a compensación social.
Los beneficiarios de este acuerdo serían reportados de oficio por las entidades contempladas como fuente de información, a saber Ministerio de Educación Nacional, Ministerio de Salud y Protección Social, el Ministerio del Trabajo, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación y el Ministerio del Deporte; según con el programa del que los potenciales hicieran parte.
Compromisos y disposiciones clave
El acuerdo establecería definiciones claras sobre conceptos como compensación social e impacto social positivo, que deben ser medibles y verificables. Reconoce como fuentes oficiales para la certificación de dicho impacto a varias entidades públicas nacionales, tales como el Ministerio de Educación Nacional, Ministerio de Salud y Protección Social, Ministerio del Trabajo, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación y Ministerio del Deporte.
La implementación de la política sería realizada de oficio por el ICETEX, sin necesidad de solicitud previa por parte del usuario, siempre que existan recursos disponibles. Se prevé un comité de cartera encargado de autorizar la aplicación del beneficio previa validación técnica y financiera.
Impacto potencial y relevancia
La adopción de esta política tendría un impacto significativo en la comunidad educativa y en la sociedad colombiana. Al reconocer y recompensar el compromiso social de los estudiantes beneficiarios de créditos educativos, se fomenta un círculo virtuoso que promueve la equidad y el desarrollo sostenible.
Por otra parte, al aliviar la carga financiera de los usuarios responsables y comprometidos, se contribuye a mejorar las tasas de permanencia y graduación en la educación superior, lo cual es un objetivo fundamental de las políticas públicas en educación.
Desde la perspectiva institucional, el acuerdo contempla la sostenibilidad financiera del ICETEX, estableciendo que la condonación parcial de capital se hará con recursos propios o aportes externos, siempre y cuando no comprometa la viabilidad económica de la entidad. Esto garantiza un equilibrio entre el beneficio social y la responsabilidad fiscal.
Mecanismos de seguimiento y evaluación
El ICETEX implementará un sistema de consulta y certificación anual de las fuentes oficiales que validan el impacto social positivo de los beneficiarios. Además, se realizarán cortes periódicos de información para actualizar la base de datos de usuarios potencialmente beneficiarios.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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