Tribunal Administrativo del Cesar confirma negativa a asignación de pérdida de capacidad laboral a soldado retirado
Proviene de: Sentencias
1 de julio de 2025 19:14:4
El Tribunal Administrativo del Cesar resolvió el recurso de apelación presentado contra la sentencia que negó las pretensiones de un soldado profesional retirado, quien solicitaba la nulidad de actos administrativos emitidos por la Junta Médica Laboral y el Tribunal Médico Laboral de Revisión Militar y de Policía. Estos actos habían determinado que no existía nexo causal entre las patologías del demandante y su servicio activo, calificando sus afecciones como de origen común y asignándole un 0% de pérdida de capacidad laboral.
Antecedentes y planteamiento del caso
El soldado retirado alegó que durante su servicio sufrió un accidente que derivó en problemas oculares y auditivos, incluyendo catarata traumática y desprendimiento de retina en el ojo izquierdo, lo que le generó pérdida de visión y limitaciones laborales. Señaló que la entidad militar no atendió oportunamente sus dolencias ni le realizó la valoración médico-laboral correspondiente al retiro, incumpliendo las obligaciones establecidas en el Decreto 1796 de 2000.
Solicitó la nulidad de los actos administrativos que negaron la asignación de índices y porcentaje de pérdida de capacidad laboral, y pidió que se ordenara una nueva valoración médico-laboral reconociendo el nexo causal con el servicio, así como el pago de indemnizaciones y prestaciones correspondientes.
Decisión de primera instancia y apelación
El Juzgado Administrativo negó las pretensiones tras analizar que no existía prueba suficiente para acreditar que las patologías hubieran sido adquiridas durante el servicio activo o que tuvieran nexo causal con él. Se destacó la ausencia de informes administrativos por lesiones, antecedentes clínicos previos al retiro y atención médica que sustentara el reclamo.
En apelación, el recurrente argumentó que las patologías fueron diagnosticadas durante la evaluación médica de retiro y que, aunque catalogadas como enfermedades comunes, debían generar la asignación de índices y pérdida de capacidad laboral conforme al Decreto 1796 de 2000. Sin embargo, no aportó nuevas pruebas que desvirtuaran las conclusiones de las autoridades médico-laborales.
Fundamentos y conclusión del tribunal
El tribunal confirmó la decisión inicial, señalando que la carga de la prueba recae en quien afirma el nexo causal y la pérdida de capacidad, y que en este caso no se aportaron evidencias suficientes para invalidar los actos administrativos. Destacó que la valoración médica especializada y el expediente no demostraron que las patologías hubieran sido originadas o relacionadas con el servicio militar.
Asimismo, explicó que las autoridades médico-laborales actuaron conforme a la normativa vigente, valorando la capacidad psicofísica y calificando las enfermedades como comunes, sin fundamentación para asignar índices de lesión o pérdida de capacidad laboral.
Finalmente, no se impusieron costas en esta instancia, pues no se comprobó la causación de gastos procesales adicionales.
Este fallo ratifica la importancia de contar con pruebas claras y oportunas para acreditar el nexo causal en procesos de valoración médico-laboral en el ámbito militar, y confirma la competencia y criterios establecidos en el Decreto 1796 de 2000 para la evaluación de capacidad psicofísica y pérdida de capacidad laboral.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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