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Tribunal administrativo de Córdoba confirma sanción moratoria por demora en pago de cesantías

Proviene de: Sentencias

1 de julio de 2025 19:19:1

Antecedentes del caso

El tribunal conoció un recurso de apelación interpuesto por el Departamento de Córdoba en contra de una sentencia de primera instancia que ordenaba el pago de sanción moratoria por la demora en el reconocimiento y pago de cesantías definitivas. La demanda fue presentada tras comprobarse un retraso significativo entre la solicitud de pago, la expedición del acto administrativo y el pago efectivo de las cesantías.

Marco normativo y criterios aplicados

La sanción moratoria está regulada principalmente por la Ley 1071 de 2006 y la Ley 1955 de 2019, las cuales establecen que el pago debe realizarse en un plazo máximo de 70 días hábiles desde la solicitud. El tribunal aplicó jurisprudencia del Consejo de Estado que detalla el cómputo de dichos plazos. Según esta, la sanción se genera cuando la entidad responsable no cumple con el pago dentro del término legal, contando desde la radicación de la solicitud.

Responsabilidad en el pago y análisis del tribunal

Se determinó que la solicitud de pago fue radicada el 23 de septiembre de 2021, mientras que el pago efectivo se realizó el 29 de marzo de 2022, superando ampliamente el plazo legal. La mora computada fue de 82 días. De acuerdo con la Ley 1955 de 2019, la responsabilidad del pago recae sobre el Departamento de Córdoba, dado que fue la entidad territorial que incumplió los términos para remitir oportunamente la solicitud al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio. Por su parte, el Fondo cumplió con el pago dentro del plazo asignado tras recibir la documentación.

Decisión y efectos

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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