Ministerio de Comercio, Industria y Turismo ratifica derechos antidumping sobre cables y torones originarios de China por cinco años más
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo ratifica derechos antidumping sobre cables y torones originarios de China por cinco años más
Proviene de: Resoluciones
5 de julio de 2025 4:19:39
Contexto y entidades involucradas
La Resolución 166 de 2025 fue emitida por la Dirección de Comercio Exterior, órgano dependiente del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, el 3 de julio de 2025 y publicada en el Diario Oficial No. 53.170. Esta resolución da cierre a un examen de extinción que se había iniciado mediante la Resolución 340 del 18 de noviembre de 2024, cuyo propósito fue evaluar la continuidad o eliminación de los derechos antidumping vigentes sobre las importaciones de cables y torones originarios de la República Popular China.
Asunto principal y destinatarios
El tema principal de la resolución es la evaluación y prórroga de los derechos antidumping impuestos a ciertos productos importados de China, específicamente cables de acero, torón para concreto preesforzado y torón galvanizado, clasificados bajo la subpartida arancelaria 7312.10.90.00. La medida está dirigida principalmente a los importadores de estos productos y a la industria nacional productora de cables y torones, con especial atención a la Empresa Colombiana de Cables S.A.S. (EMCOCABLES) como representante del sector afectado. Esta industria es relevante porque desempeña un papel significativo en el mercado nacional y su estabilidad económica depende del control de prácticas comerciales desleales como el dumping.
Objetivo y finalidad de la resolución
El objetivo de la resolución es determinar si la eliminación de los derechos antidumping podría provocar la reiteración de prácticas de dumping y causar un daño importante a la industria nacional. Para ello, se analiza si la medida vigente ha sido efectiva para corregir el daño provocado por importaciones a precios injustamente bajos y si su levantamiento podría perjudicar nuevamente a los productores nacionales. La decisión final busca garantizar condiciones equitativas en el comercio exterior, proteger la producción nacional y mantener un mercado justo.
Decisiones y regulaciones contenidas en la resolución
La resolución establece la terminación del examen de extinción iniciado en noviembre de 2024 y mantiene vigentes los derechos antidumping definitivos impuestos originalmente en 2018, prorrogados en 2021 y modificados en 2024. La medida se traduce en un derecho antidumping basado en un precio base FOB de 3,36 USD por kilogramo, que se aplica cuando el precio declarado por el importador es inferior a dicho valor. Esta modalidad asegura que los precios de importación no sean artificialmente bajos en detrimento de la industria nacional.
Además, la prórroga de la medida se establece por un período de cinco años a partir de su publicación, manteniendo también las reglas de origen no preferencial vigentes. Se ordena la comunicación de esta decisión a las partes interesadas, incluyendo a la industria nacional, la Embajada de China, exportadores, importadores y la Dirección de Gestión de Aduanas de la DIAN.
Base legal y normatividad aplicable
La resolución se fundamenta en los numerales 5 y 7 del artículo 18 del Decreto Ley 210 de 2003, modificado por el Decreto 1289 de 2015, así como en el Decreto 1794 de 2020, que regula los procedimientos para la imposición y revisión de medidas antidumping en Colombia. También se toma en cuenta el Acuerdo Antidumping de la Organización Mundial del Comercio y la Ley 1437 de 2011, que regula el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Modificaciones y vigencia
La Resolución 166 de 2025 no modifica el contenido esencial de las resoluciones previas, sino que confirma y prorroga la medida antidumping vigente, que fue modificada en 2024 para cambiar su modalidad de un gravamen ad valorem del 15% a un sistema basado en un precio base. La vigencia de esta prórroga es de cinco años, garantizando continuidad en la protección a la industria colombiana durante este período.
Impacto y relevancia de la medida
El análisis técnico y económico respaldado por la Dirección de Comercio Exterior indica que la eliminación de los derechos antidumping podría provocar un aumento significativo en el volumen de importaciones a precios inferiores, generando una subvaloración que dañaría gravemente la producción nacional. Se evidencian impactos negativos en variables económicas fundamentales como el volumen de ventas, uso de capacidad instalada, empleo y utilidades de la industria nacional.
Por otro lado, la prórroga de la medida ha permitido cierta recuperación de la participación de mercado y mejoría en indicadores financieros para la empresa nacional representativa. La decisión busca mantener este equilibrio y evitar prácticas desleales que puedan socavar la competitividad y viabilidad de la producción local.
Conclusión
La Resolución 166 de 2025 representa un paso firme en la defensa del sector productivo colombiano frente a prácticas comerciales desleales como el dumping. Al mantener y prorrogar los derechos antidumping sobre cables y torones originarios de China, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo protege la industria nacional, favorece la estabilidad económica y promueve un comercio exterior equitativo. Esta decisión, basada en un riguroso análisis técnico y normativo, demuestra el compromiso del Estado con la protección de los productores locales y el desarrollo sostenible del sector industrial en Colombia.
Para consultar el texto completo de la Resolución 166 de 2025, publicada en el Diario Oficial No. 53.170 del 3 de julio de 2025, visite el sitio oficial del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.