Ministerio de Hacienda reconoce y ordena pago de deuda pública por servicios de salud no financiados con UPC
Proviene de: Resoluciones
5 de julio de 2025 4:19:42
Contexto y emisión de la resolución
La Resolución 1566 de 2025 fue emitida el 2 de julio de 2025 por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, específicamente a través del Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional, en ejercicio de sus facultades legales establecidas en diversas normas, incluyendo el artículo 237 de la Ley 1955 de 2019 y el artículo 153 de la Ley 2294 de 2023. Su publicación oficial se realizó en el Diario Oficial No. 53.170, el 3 de julio de 2025.
Objeto y destinatarios
El tema principal de esta resolución es el reconocimiento como deuda pública y la orden de pago de valores a favor de la ADRES, derivados del saneamiento definitivo de cuentas por servicios y tecnologías en salud no financiados con cargo a la Unidad de Pago por Capitación (UPC) del régimen contributivo. El documento regula el pago de montos auditados y certificados a entidades recobrantes, principalmente varias Empresas Promotoras de Salud (EPS) como CAPITAL SALUD, SaludCoop, S.O.S. y FAMISANAR.
El público objetivo de la resolución comprende a estas entidades recobrantes, la ADRES como administradora de recursos, y el sector público encargado de la gestión financiera del sistema de salud. Además, resulta relevante para ciudadanos y especialistas interesados en la gestión y financiación del sistema general de seguridad social en salud.
Finalidad y marco normativo
La resolución busca dar cumplimiento a la normativa vigente para el saneamiento definitivo de las cuentas de servicios y tecnologías en salud no financiados con UPC, conforme a lo establecido en la Ley 1955 de 2019 y la Ley 2294 de 2023. Su objetivo es reconocer formalmente como deuda pública los montos auditados y aprobados, y ordenar el pago con cargo al servicio de la deuda del Presupuesto General de la Nación.
El fundamento legal incluye, entre otros, el artículo 237 de la Ley 1955 de 2019, que establece criterios para la estructuración y seguimiento del saneamiento de las cuentas de recobro; el Decreto 521 de 2020 y sus modificaciones, que regulan los procedimientos de auditoría, certificación y pago; y la Resolución 1123 de 2005, que delega la ordenación del gasto en la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional.
Decisiones y regulaciones principales
La resolución reconoce como deuda pública la suma exacta de $1.079.831.967,54 a favor de la ADRES, producto del proceso de auditoría y de la suscripción de contratos de transacción con las EPS involucradas. Este monto corresponde a servicios prestados antes del 31 de diciembre de 2019 y que contaron con resultados definitivos de auditoría antes del 31 de diciembre de 2023.
Se establece que el giro de recursos será realizado por la Subdirección de Operaciones de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional hacia la ADRES, que se encargará de distribuir y pagar a los beneficiarios finales conforme a las instrucciones bancarias y los términos contractuales.
Además, la ADRES deberá realizar el giro a los beneficiarios dentro de los cinco días hábiles posteriores al recibo de los recursos, conforme al artículo 24 del Decreto 521 de 2020. En caso de reintegros, la ADRES debe consignar los valores en las cuentas bancarias indicadas por la Subdirección de Operaciones.
Se señala también que la responsabilidad por la veracidad y oportunidad de la información presentada recae exclusivamente en los representantes legales de las entidades recobrantes, sin que esto implique responsabilidad para la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional, salvo por incumplimientos que puedan generar sanciones penales, disciplinarias o fiscales.
Impacto y relevancia de la resolución
Esta resolución representa un avance significativo en la consolidación financiera del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), al reconocer y ordenar el pago de pasivos relacionados con servicios y tecnologías que no fueron financiados con recursos de la UPC. El saneamiento definitivo de estas cuentas contribuye a garantizar la sostenibilidad financiera del sistema y a fortalecer la transparencia en la administración de recursos públicos.
El reconocimiento de esta deuda pública con cargo al Presupuesto General de la Nación implica una mayor claridad en la gestión presupuestal y facilita la planificación financiera estatal. Asimismo, el proceso de auditoría y contrato de transacción asegura que solo se reconozcan y paguen los valores que cumplen con las condiciones legales y técnicas establecidas, evitando pagos indebidos.
Para las entidades recobrantes, la resolución implica un reconocimiento formal y un desembolso efectivo que puede mejorar su liquidez y capacidad operativa. Para el Estado y los ciudadanos, supone un paso hacia la corrección de cuentas pendientes en el sistema de salud, lo que puede redundar en una mejor prestación de servicios a futuro.
Conclusión
La Resolución 1566 de 2025 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público es un instrumento clave en el proceso de saneamiento financiero del sistema de salud colombiano. Al reconocer como deuda pública los montos certificados por auditoría y ordenar su pago, se fortalece la sostenibilidad del sistema y se regula de manera transparente una parte importante del gasto público en salud. Este acto administrativo no solo cumple una función legal y financiera, sino que también contribuye a la confianza en la gestión pública y a la garantía de derechos en el ámbito sanitario.
Para consultar el texto completo de la resolución, puede accederse al Diario Oficial No. 53.170 del 3 de julio de 2025.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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