Contexto y solicitud de la medida cautelar
La demanda fue interpuesta en ejercicio del medio de control de nulidad previsto en el artículo 137 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). El solicitante pidió suspender provisionalmente el numeral 2.1.1 de la Circular Externa 002 de 2016, que impone a las cámaras de comercio la obligación de publicar mensualmente la noticia mercantil y remitir copia a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Se argumentó que la circular vulneraba varios artículos de la Constitución Política, incluyendo los principios de legalidad, debido proceso y reserva de ley, pues la Superintendencia habría asumido funciones legislativas y sancionadoras sin respaldo legal, excediendo sus competencias establecidas en leyes como la Ley 1437 de 2011, el Código de Comercio y la Ley 489 de 1998. Argumentos de las entidades involucradas
La Superintendencia de Industria y Comercio defendió la legalidad de la circular, señalando que su facultad para emitir circulares está dentro del marco legal y tiene por objeto impartir instrucciones obligatorias para el desarrollo de funciones públicas. Afirmó que la circular cumple con principios constitucionales y facilita la coordinación entre entidades, asegurando la entrega de información actualizada para la DIAN. Por su parte, la Superintendencia de Sociedades destacó que, conforme a la Ley 2069 de 2020, tiene la función de inspección, vigilancia y control sobre las cámaras de comercio y que la disposición controvertida se basa en el principio constitucional de coordinación entre autoridades para cumplir los fines del Estado. Consideraciones jurídicas y decisión
El Consejo de Estado recordó que las...Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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