Consejo de Estado admite demanda contra decreto presidencial que convoca consulta popular
Consejo de Estado admite demanda contra decreto presidencial que convoca consulta popular
Proviene de: Sentencias
5 de julio de 2025 4:30:38
Contexto y fundamento de la demanda
La demanda fue presentada por ciudadanos que cuestionan la legalidad del decreto presidencial que convoca una consulta popular para el 7 de agosto de 2025. Se argumenta que el decreto fue expedido sin contar con el concepto favorable del Senado de la República, requisito exigido por el artículo 104 de la Constitución Política. Previamente, el Senado negó dicho concepto en votación plenaria, y se interpuso una demanda contra esta decisión, actualmente en trámite ante la misma Sala del Consejo de Estado.
Los demandantes alegan que el decreto viola normas constitucionales y legales, pues no se configuró silencio administrativo que habilite al Ejecutivo para emitir la convocatoria. Además, señalan una usurpación de funciones, ya que el presidente habría inaplicado la decisión del Senado mediante una excepción de inconstitucionalidad, facultad que no le corresponde según los argumentos expuestos.
Competencia del Consejo de Estado y solicitud de remisión a la Corte Constitucional
El presidente de la República solicitó que el asunto fuera remitido a la Corte Constitucional, alegando que los vicios en el procedimiento de convocatoria de una consulta popular corresponden a esa corporación, conforme al artículo 241.3 de la Constitución. Sin embargo, la Sala Quinta del Consejo de Estado ratificó su competencia para conocer la demanda, al tratarse de un acto administrativo general de contenido electoral.
La Sala explicó que, si bien la Corte Constitucional tiene competencia para el control de constitucionalidad posterior a la consulta, en esta etapa el control de legalidad del decreto corresponde al Consejo de Estado. Por tanto, se negó la solicitud de remisión a la Corte Constitucional.
Decisión sobre la admisión y medidas procesales
El Consejo de Estado decidió avocar conocimiento del asunto y admitir la demanda de nulidad presentada contra el Decreto 0639 de 2025. Además, se rechazó la petición de remitir el caso a la Sala Plena para unificar jurisprudencia, pues no se cumplieron los requisitos legales para ello.
Se ordenó notificar al presidente de la República y al Ministerio Público, así como informar a la comunidad sobre el proceso mediante la página web del Consejo de Estado. También se requirió al Ejecutivo entregar los antecedentes administrativos completos del acto cuestionado para continuar con la sustanciación del proceso.
Este pronunciamiento reafirma la importancia del respeto a los procedimientos constitucionales en la convocatoria de mecanismos de participación ciudadana y establece la competencia del Consejo de Estado para el control judicial de actos administrativos de contenido electoral, garantizando así la legalidad y transparencia en la organización de consultas populares en el país.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.