Consejo de Estado admite demanda contra decreto presidencial que convoca consulta popular nacional
Proviene de: Sentencias
5 de julio de 2025 4:31:50
El Consejo de Estado, en su sala de lo contencioso administrativo, sección quinta, admitió la demanda interpuesta por el Colegio de Abogados de Medellín contra el Decreto 0639 de 2025, mediante el cual se convoca a una consulta popular nacional. Esta decisión se basa en la revisión de la competencia para conocer el caso y el cumplimiento de los requisitos formales de la demanda.
Fundamentos de la demanda
El Colegio de Abogados sostiene que el decreto presenta falta de competencia, falsa motivación, desviación de poder y expedición irregular, además de vulnerar normas superiores como la Constitución Política y leyes específicas relacionadas con procedimientos electorales y consultas populares. Se destaca que el decreto fue expedido pese a un concepto desfavorable del Senado de la República, lo que según la parte demandante desconoce la legitimidad del procedimiento y la convocatoria.
Competencia y naturaleza del decreto
La sección quinta del Consejo de Estado es competente para conocer este proceso en única instancia, conforme a la normativa vigente que amplió su competencia para incluir actos electorales definitivos, como los que declaran resultados de referendos, plebiscitos y consultas populares nacionales. El decreto cuestionado es considerado un acto de contenido electoral, pues establece un mecanismo de participación ciudadana.
Se indicó que el procedimiento para convocar una consulta popular debe cumplir etapas claras y regladas, incluyendo la obtención de un concepto favorable del Senado, requisito que no se cumplió en este caso, pues el concepto fue negativo. Por ello, se considera que el decreto se expidió fuera del procedimiento legalmente previsto.
Admisión y siguientes pasos
La demanda cumple con los requisitos formales y se acompañaron las pruebas necesarias, por lo que fue admitida. Se ordenó notificar personalmente al presidente de la República y al agente del Ministerio Público. También se comunicó la providencia a los ministros del gobierno nacional y a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.
Durante el término para contestar la demanda, la administración deberá aportar los antecedentes administrativos relacionados con el decreto. Además, se reconoció la personería al representante legal del demandante para actuar en este proceso.
Este caso es relevante para el control judicial de los actos relacionados con mecanismos de participación ciudadana y la observancia de los procedimientos constitucionales y legales en su convocatoria. La decisión final sobre la nulidad del decreto será tomada tras el análisis de fondo de las pretensiones presentadas, garantizando así el respeto a la legalidad y la transparencia en la convocatoria de consultas populares nacionales.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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