Consejo de Estado admite demanda contra decreto presidencial que convoca consulta popular
Proviene de: Sentencias
5 de julio de 2025 4:29:40
Antecedentes del caso
El decreto cuestionado fue expedido por el presidente de la República el 11 de junio de 2025, convocando una consulta popular para el 7 de agosto del mismo año. Anteriormente, el Senado de la República negó el concepto favorable para la convocatoria, votando 49 en contra y 47 a favor. A pesar de esto, el Ejecutivo decidió expedir el decreto, argumentando vicios procedimentales en la decisión del Senado y declarando inaplicable por inconstitucional dicha negación.
Los demandantes solicitaron la nulidad del decreto por violar normas constitucionales y legales, en particular el artículo 104 de la Carta Política, que exige concepto previo favorable del Senado para este tipo de convocatorias. Además, pidieron la suspensión provisional del decreto para evitar la consumación de efectos contrarios al orden jurídico, alegando daño patrimonial, crisis institucional y confusión ciudadana.
Competencia y admisión de la demanda
El Consejo de Estado determinó que es competente para conocer la demanda, en virtud de que se trata de un acto administrativo general de contenido electoral expedido por autoridad nacional. Se aclaró que el control de constitucionalidad sobre consultas populares corresponde a la Corte Constitucional únicamente por vicios de procedimiento en su convocatoria y realización, control que es posterior a la manifestación popular.
Asimismo, se rechazó la solicitud del presidente de la República para remitir el proceso a la Corte Constitucional y para que la Sala Plena del Consejo de Estado asumiera el conocimiento del asunto, argumentando que no se cumplían los requisitos legales de importancia jurídica, trascendencia económica o necesidad de unificación jurisprudencial.
Finalmente, la demanda fue admitida formalmente y se ordenaron las notificaciones correspondientes, así como el traslado de la demanda para que la autoridad demandada allegue los antecedentes administrativos completos del acto acusado.
Implicaciones y próximos pasos
La admisión de la demanda implica que el decreto presidencial que convoca la consulta popular estará sujeto a revisión judicial en cuanto a su legalidad, especialmente por la supuesta omisión del concepto favorable del Senado. La decisión destaca la importancia del respeto a la separación de poderes y los procedimientos constitucionales para la convocatoria de mecanismos de participación ciudadana.
Este proceso será seguido de cerca por autoridades, funcionarios públicos y ciudadanos interesados, dado que la consulta popular convocada tiene un impacto significativo en la agenda nacional y en la participación democrática.
El Consejo de Estado continuará con el trámite del proceso conforme a lo establecido en la ley, garantizando el derecho de defensa y el debido proceso para todas las partes involucradas. Se espera que en las próximas semanas se emita un pronunciamiento sobre la suspensión provisional del decreto y, posteriormente, la decisión de fondo que definirá la validez del acto administrativo en cuestión.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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