Consejo de Estado corrige fecha en providencia sobre nulidad de actuaciones posteriores a conciliación
Proviene de: Sentencias
5 de julio de 2025 4:27:18
El Consejo de Estado, a través de la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda, atendió una petición para corregir un error en la fecha consignada en una providencia del 5 de noviembre de 2024. La decisión inicial declaró la nulidad de todo lo actuado con posterioridad a un auto que aprobó una conciliación entre las partes en un proceso judicial administrativo. Sin embargo, en la providencia se indicó erróneamente que dicha aprobación fue el 16 de septiembre de 2019, cuando en realidad ocurrió el 9 de diciembre de 2019.
Contexto y solicitud de corrección
El error detectado correspondía a un cambio de palabras en la parte resolutiva, el cual influye directamente en el contenido de la providencia. La corrección fue solicitada por la parte demandante para subsanar esta imprecisión y evitar confusiones jurídicas.
Fundamento jurídico de la corrección
El artículo 286 del Código General del Proceso contempla la posibilidad de corregir errores aritméticos, omisiones o alteraciones de palabras en las providencias judiciales, siempre que estas afecten la parte resolutiva. En este caso, el Consejo de Estado aplicó esta norma para rectificar el error de fecha.
Implicaciones de la corrección
Con la corrección, la providencia ahora declara la nulidad de todo lo actuado con posterioridad al auto proferido el 9 de diciembre de 2019, fecha en que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca aprobó la conciliación integral entre las partes. Este ajuste es relevante para precisar el momento a partir del cual se consideran inválidas las actuaciones posteriores y para garantizar la seguridad jurídica en...
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