Consejo de Estado decreta pruebas de oficio en controversia contractual con municipio de Pasto
Proviene de: Sentencias
5 de julio de 2025 4:19:4
Ampliación del caudal probatorio en proceso contractual
La Sala Tercera, Subsección A, del Consejo de Estado, en ejercicio de sus facultades oficiosas previstas en el artículo 213 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - CPACA), ha decretado la ampliación del caudal probatorio en un proceso pendiente de sentencia de segunda instancia. Esta medida está orientada a contar con los elementos necesarios para resolver los recursos de apelación interpuestos por la Unión Temporal demandante contra el municipio de Pasto.
Decreto de pruebas y su relevancia para el caso
Entre las pruebas decretadas se incluye la incorporación de una sentencia previa de segunda instancia, que anuló actos administrativos relacionados con la declaración de incumplimiento contractual. Esta providencia se considera pertinente y útil para la discusión jurídica en el presente proceso.
Además, se ha ordenado que el representante del municipio rinda un informe escrito bajo juramento que detalle:
- Los aparatos o utensilios médicos entregados por el contratista entre el 7 de diciembre de 2015 y el 7 de octubre de 2016.
- El cumplimiento de las especificaciones técnicas y requerimientos en cada pieza o equipo al momento de su disposición en bodega.
- El valor de dichos bienes conforme a las resoluciones 335 y 427 de 2016, que fijaron los precios según la ficha MGA vigente en la época.
Plazos y consecuencias por incumplimiento
El informe deberá ser presentado en un término máximo de diez días contados a partir de la notificación de la providencia. En caso de no cumplir oportunamente o de manera explícita, se impondrá una multa al responsable de entre cinco y diez salarios mínimos mensuales legales vigentes, conforme al artículo 217 del CPACA.
Tras la presentación del informe, se concederá a las partes un término de tres días para que revisen y contradigan las pruebas, conforme a lo establecido en el Código General del Proceso (CGP).
Impacto y próximos pasos
Esta decisión busca esclarecer aspectos cruciales sobre el cumplimiento de las obligaciones contractuales, especialmente en lo relativo a la entrega y aceptación de implementos médicos, elementos que pueden incidir significativamente en la resolución del litigio.
Asimismo, se advierte a las partes que podrán solicitar o aportar nuevas pruebas dentro del término de ejecutoria de esta providencia, siempre que sean indispensables para contrarrestar las pruebas decretadas.
La medida evidencia el rigor y la diligencia con que el Consejo de Estado aborda las controversias contractuales en el ámbito administrativo, garantizando un proceso justo y fundamentado. Con esta actuación, se espera que el litigio avance hacia una resolución definitiva que refleje fielmente el cumplimiento o incumplimiento contractual y proteja los intereses públicos involucrados.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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