Consejo de Estado confirma pago de condena y ordena a soldados repetir indemnización
Proviene de: Sentencias
5 de julio de 2025 4:23:25
El Consejo de Estado, en reciente sentencia de segunda instancia, resolvió el recurso de apelación interpuesto por tres soldados voluntarios contra la condena en su contra por la suma inicialmente establecida en $566.700.000, que fue actualizada a $603.689.387. La demanda fue presentada por el Ministerio de Defensa – Ejército Nacional en ejercicio del medio de control de repetición, luego de que la Nación pagara la indemnización ordenada por el Consejo de Estado en 2012, a víctimas de graves violaciones a sus derechos cometidas por los mencionados uniformados.
Antecedentes del caso
Los hechos ocurrieron en noviembre de 1992, cuando los soldados voluntarios, adscritos a una brigada móvil del Ejército Nacional, ingresaron violentamente a la vivienda de una víctima y su familia, perpetrando agresiones sexuales y violaciones al domicilio. La Nación fue declarada responsable patrimonialmente en primera instancia en 2002, y esta decisión fue confirmada y actualizada en 2012 por el Consejo de Estado, ordenando el pago de perjuicios inmateriales a las víctimas y sus familiares.
El Ministerio de Defensa – Ejército Nacional afirmó haber cumplido con la condena y demandó a los soldados en ejercicio del medio de control de repetición para que asuman el pago realizado, argumentando la conducta dolosa de estos en la generación del daño antijurídico.
Pago de la condena y procedencia del medio de control de repetición
La Sala destacó que el pago efectivo realizado por la entidad pública es un presupuesto esencial para la procedencia del medio de control de repetición. En este caso, se aportaron documentos públicos, incluyendo la resolución que ordenó el pago y el certificado expedido por la tesorería del Ministerio de Defensa que acreditan el desembolso de la suma de $708.808.719,23 a los apoderados de las víctimas.
Se estableció que estos documentos tienen plena capacidad probatoria y que no fueron controvertidos ni tachados de falsos por la parte demandada. Por ello, se concluyó que está acreditado el pago de la condena impuesta al Ministerio de Defensa – Ejército Nacional, lo que da lugar a la repetición contra los soldados responsables.
Decisión sobre el recurso y condena en costas
El único argumento de la apelación fue la supuesta falta de prueba del pago, cuestión que fue desestimada por la Sala, limitando su análisis a los aspectos planteados en el recurso, conforme al principio de congruencia y el derecho del apelante único a no ser desmejorado.
En consecuencia, se confirmó la sentencia de primera instancia, condenando a cada uno de los soldados a pagar el 33,3% de la suma actualizada de $603.689.387, es decir, $201.229.795,67 cada uno. Además, se ordenó la condena en costas a los apelantes, las cuales serán liquidadas por el tribunal de origen conforme a las normas procesales vigentes, fijando las agencias en derecho en segunda instancia en un 1% del valor de las pretensiones.
Esta decisión reafirma el rigor en el ejercicio del medio de control de repetición cuando se acreditan los presupuestos legales, especialmente el pago efectivo de la condena por parte de la entidad pública, y destaca la responsabilidad patrimonial individual de los servidores públicos que actúan de manera dolosa o gravemente culposa, enviando un mensaje claro sobre la importancia del respeto a los derechos humanos y la justicia en el ámbito militar.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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