Comisión de Regulación aclara dudas sobre incremento en tarifas de aseo en Bogotá
Proviene de: 20250708
8 de julio de 2025 13:10:32
Contexto y alcance de la respuesta
La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) atendió una petición de la Junta de Acción Comunal del Barrio Diana Turbay del sector Ayacucho, que expresaba preocupación por el incremento del ítem “aporte” en las facturas del servicio de aseo prestado por Limpieza Metropolitana S.A. E.S.P. (LIME). La CRA precisó que, según las funciones establecidas en la Ley 142 de 1994, no es competencia suya resolver todas las preguntas planteadas y trasladó parte de la petición a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD) y a la empresa prestadora.
Fundamento normativo y cálculo de tarifas
En cuanto al aumento en las tarifas, la CRA recordó que el servicio de aseo incluye la recolección, transporte, tratamiento y disposición final de residuos, así como actividades complementarias como poda y limpieza de áreas públicas. La regulación se encuentra en la Ley 142 de 1994, el Decreto 1077 de 2015 y la Resolución CRA 720 de 2015.
La medición del consumo para el cobro del servicio puede realizarse mediante aforo, definido como la medición puntual de la cantidad de residuos generados por el usuario. Para usuarios agrupados en unidades inmobiliarias, el costo del servicio se compone de un cargo fijo y un cargo proporcional a las toneladas de residuos producidos, según la metodología establecida por la CRA.
Las fórmulas tarifarias consideran costos fijos totales, costos variables asociados a residuos no aprovechables y aprovechables, y costos específicos como limpieza urbana y barrido de vías. La tarifa final se calcula teniendo en cuenta estos elementos y la cantidad de residuos gestionados.
Autoridad y procedimiento para la fijación de tarifas
La CRA aclaró que no autoriza directamente los aumentos tarifarios. De acuerdo con el artículo 87 de la Ley 142 de 1994, el régimen tarifario debe cumplir criterios como eficiencia económica, solidaridad y transparencia. Las tarifas son fijadas autónomamente por las juntas directivas de las empresas prestadoras o por las entidades locales cuando el servicio es administrado directamente por la municipalidad.
Finalmente, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios es la autoridad encargada de la inspección, vigilancia y control, incluyendo el control tarifario. Para mayor asesoría o información, la CRA invitó a los usuarios a comunicarse a sus líneas de atención, donde podrán recibir orientación sobre sus dudas o inquietudes relacionadas con el servicio de aseo y las tarifas aplicadas. De esta forma, se busca garantizar la transparencia y el adecuado funcionamiento del servicio en beneficio de los ciudadanos.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.